Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 26 de Junio de 2007

Fecha de Resolución26 de Junio de 2007
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoPrescripción Adquisitiva

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y

DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 26 de junio de 2007

197° y 148°

Por recibida y vista la anterior demanda de prescripción extintiva, presentada por los abogados O.A.R.M., L.E.R.C. y J.L.O.M., inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 3.801, 66.996 y 66.094, respectivamente, y visto asimismo, los recaudos acompañados a la misma, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbre o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, emplácese a la sociedad mercantil BANQUE F.D.C.E., cuyo domicilio se encuentra en el extranjero, específicamente en París, mediante carteles, a fin de que comparezca su representante legal o el que sus veces haga, dentro de los cuarenta (40) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la publicación y consignación que de dicho cartel se haga, a darse por citado en el presente juicio. Dicho cartel deberá ser publicado en los diarios “EL NACIONAL” y “EL UNIVERSAL” durante treinta (30) días continuos, una vez por semana; y, una vez transcurrido dicho lapso, deberá dar contestación a la demanda dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes., con la advertencia que de no comparecer dentro de los lapsos indicados se le designará defensor judicial con quien se entenderá la citación y demás tramites del juicio, todo conforme a lo establecido en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese cartel.

LA JUEZ,

M.R.M.

LA SECRETARIA,

NORKA COBIS RAMÍREZ.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR