Decisión de Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 6 de Julio de 2010

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
PonenteOmaira Escalona
ProcedimientoInterdicto Restitutorio

EXPEDIENTE N°: 22.075

DEMANDANTE: E.J. BARRAEZ, DAMELIS VARGAS DE BARRAEZ, L.I.B.V., YELITZA COROMOTO BARRAEZ VARGAS Y E.J.B.V.

DEMANDADO: M.A.M.B.

MOTIVO: INTERDICTO RESTITUTORIO

FECHA: 06 DE JULIO DE 2010

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA – DESISTIMIENTO

JUEZA PROVISORIA: ABOG. O.E.

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 06 de Julio de 2010

200º y 151º

Vista la diligencia presentada por los ciudadanos E.J. BARRAEZ, DAMELIS VARGAS DE BARRAEZ, L.I.B.V., YELITZA COROMOTO BARRAEZ VARGAS Y E.J.B.V. titulares de las cédulas de identidad N° 1.356.472, 3.259.900, 11.152.454, 12.315.575 y 13.450.578 respectivamente, asistido en este acto por la abogada MATIOSCA IZAGUIRRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 110.852, actuando en su carácter de autos respectivamente, de este domicilio, contentivo del DESISTIMIENTO, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, y acuerda tenerlo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo se acuerda la devolución de los recaudos consignados en originales que corre a los folios 58 al 73, los cuales acompañó al escrito de la demanda al momento de su presentación en Juzgado Distribuidor respectivo, dejando en su lugar copia fotostática certificada de los mismos. Expídase la copia de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Se da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente.

La Juez Provisoria,

Abog. O.E.L.S.,

Abog. N.M.

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