Decisión nº auto de Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro de Monagas, de 26 de Abril de 2016

Fecha de Resolución26 de Abril de 2016
EmisorJuzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro
PonenteLeonardo Jimenez Maldonado
ProcedimientoRecurso De Apelación

Maturín, 26 de Abril de 2016

206º y 157º

Por cuanto fui designada como Jueza Suplente de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y D.A. con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132 de fecha 10/11/2.015, tomando posesión del mismo el 10/12/2.015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada Doctora G.M.G.A. en fecha 02/12/2.015; en consecuencia, Me Aboco de Oficio al conocimiento de la presente causa, ordenándose la notificación de los ciudadanos R.D.B. y F.A.T., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.919.999 y V- 8.869.637, respectivamente, (parte actora - apelante) y del ciudadano H.A.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 348.109, (parte demandada), informándoles que una vez que conste en autos las notificaciones y transcurrido el lapso de diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, mas cuatro (04) días que se le concede como termino de la distancia, comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa se reanudará en el estado que se encuentra, para lo cual se ordena librar oficio, boletas de notificación y despacho de comisión.

La Jueza suplente,

J.W.S.P.

El Secretario

JHON WILMER MÉNDEZ

Exp. 0116-2013

JWS/jwm/ar.-

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