Decisión nº 3E-2882-04 de Tribunal Tercero de Ejecución Los Teques de Miranda, de 22 de Julio de 2005

Fecha de Resolución22 de Julio de 2005
EmisorTribunal Tercero de Ejecución Los Teques
PonenteJulian Gregorio Hurtado Lozano
ProcedimientoTraslado De Imputado

Los Teques, 22 de julio de 2005

195º y 146º

CAUSA N° 3E2882-04

JUEZ: J.G.H.L..-

SECRETARIA: R.C..-

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PENADO: CORDOVA RONDON J.C., venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido el siete (07) de Febrero del año mil novecientos ochenta (1980), hijo T.J.R. y C.A.C., de veinticuatro (24) años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.370.806, de estado civil soltero, de profesión u oficio colector de una Unidad de Transporte, y con último domicilio: Carretera Vieja Caracas Los Teques, sector las Lomitas, vereda A, casa número 39, Los Teques, Estado Miranda.

FISCAL: DR. A.R.B., en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.

DELITO: ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO

DEFENSORA PÚBLICA PENAL: DRA. N.S.M.

Visto que en fecha 14 de Julio del 2005, se presenta el penado CORDOVA RONDON J.C., venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido el siete (07) de Febrero del año mil novecientos ochenta (1980), hijo T.J.R. y C.A.C., de veinticuatro (24) años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.370.806, de estado civil soltero, de profesión u oficio colector de una Unidad de Transporte, y con último domicilio: Carretera Vieja Caracas Los Teques, sector las Lomitas, vereda A, casa número 39, Los Teques, Estado Miranda, previo traslado de la Penitenciaria general de Venezuela, con sede en San Juan de los Morros, en donde mediante comparecencia ante este Despacho, solicito el traslado a otro centro carcelario, por cuanto temía por su integridad física, ya que en visita carcelaria efectuada el mes pasado por quien suscribe, en entrevista, con el ut supramencionado, manifestó que otro penado ese mismo día lo amenazo de muerte, es por ello, que él solicita el cambio de Penal.

Este Tribunal para decidir, observa:

Revisadas como han sido las presente actuaciones evidenciándose que efectivamente el ciudadano CORDOVA RONDON J.C., Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 16.370.806 penado en la presente causa signada con el Nro. 3E-2882-04 el cual se encuentra Recluido en la Penitenciaria General de Venezuela con sede en San Juan de los Morros, aun cuando se trate de un penado, lo cual es competencia del Ministerio de Interior y Justicia el determinar su sitio de reclusión, este tribunal considera que lo solicitado por el comento en comparecencia ante este despacho, es procedente, en consecuencia, este tribunal, a los fines de garantizar los Derechos Constitucionales del penado, como es el Derecho a la Vida, este juzgador considera que en resguardo a sus derechos, lo procedente es acordar lo solicitado y en tal sentido, se Insta al Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que ordene el traslado del penado CORDOVA RONDON KEAN CARLOS a cualquier otro penal, que designe el Ministerio de Interior y Justicia, donde se le pueda garantizar el Derecho a la Vida de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y ASI SE DECLARA

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento UNICO: Decide Instar al Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que acuerde el traslado del penado CORDOVA RONDON J.C., Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 16.370.806, a otro Centro Penitenciario, a los fines de que se la garantice el Derecho a la vida de conformidad con el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la causa signada con el Nro. 3E-2882-04 el cual se encuentra Recluido en la Penitenciaria General de Venezuela con sede en San Juan de los Morros. Notifíquese a la Defensa y al Fiscal de la presente decisión y Librense oficio dirigido al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio de Interior y Justicia con sede en Caracas, Distrito Capital, notificándole de la presente Decisión. CUMPLASE,

EL JUEZ,

J.G.H.L.

LA SECRETARIA,

R.C.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

LA SECRETARIA

R.C.

JGHL/RCL

Causa No. 3E-2882-04

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