Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 28 de Octubre de 2004

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
PonenteHumberto José Angrisano Silva
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiocho (28) de octubre de dos mil cuatro (2004).

194° y 145°

Vista la anterior solicitud proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, procedente de la Notaria Publica de Higuerote, Municipio Brion y E.B.d.E.M., presentada por la ciudadana B.E.M.D.S., suficientemente identificada y debidamente asistida de abogado, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana B.E.M.D.S., de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-4.283.347, sobre las mejoras y bienhechurías de terreno de su propiedad según consta documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Subalterna del Municipio Brion del Estado Miranda, en fecha 31 de enero de 1.987, registrado bajo el N° 22, Tomo 2, Protocolo 1°, ubicada en la Calle Birongo del Caserío Mesa Grande, Jurisdicción del Municipio Autónomo Brion, Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente establecidas en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado C.L.H., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 10.287. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

EL JUEZ,

H.J. ANGRISANO SILVA.

LA SECRETARIA,

I.C.B.C..

,

HJAS/ ICBC/ar*

S. No. 40542

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