Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 12 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2015
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoMedida Cautelar

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, doce (12) de Mayo de dos mil quince (2015).

205° y 156°

Vista la diligencia estampada en fecha 28 de abril de 2015, por el ciudadano Y.M.V., abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 38.586, en su carácter de Apoderado Judicial del Tercero interviniente ciudadano A.B.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.692.559, mediante la cual Apela de la sentencia interlocutoria de fecha 22 de Abril de 2015, en el cual ratifico la medida cautelar y notificaba al ciudadano Sindico Procurador Municipal del Municipio F.L.A. del estado Aragua.

Vista asimismo la diligencia suscrita por el ciudadano J.A., Alguacil de este Despacho en fecha 04 de Mayo de 2015, mediante la cual consigna la notificación practicada al ciudadano Sindico Procurador Municipal del Municipio F.L.A. del estado Aragua; este Tribunal Superior, ordena práctica por Secretaria el cómputo de los cinco (05) días de despacho de conformidad con el artículo 87 y 89 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, desde el día 04 de Mayo de 2015 (exclusive), fecha en la cual consta en autos que fue practicada la notificación del ciudadano Sindico Procurador Municipal del Municipio F.L.A. del estado Aragua, , hasta el día 11 de Mayo de 2015 (inclusive). Cúmplase.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.

Quien suscribe, ABOG. SLEYDIN REYES, Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho a que hace referencia el artículo 87 y 89 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, transcurrieron desde el día 04 de Mayo de 2015 (exclusive), hasta el día 11 de Mayo de 2015 (inclusive), a saber los días 5, 6, 7, 8 y 11 de Mayo de 2015

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.

Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 04 de Mayo de 2015 (exclusive), hasta el 11 de Mayo de 2015 (inclusive), transcurrieron 05 días de despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 87 y 89 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Tribunal oye dicha Apelación en un solo efecto, y ordena remitir copia certificada del Cuaderno de Medidas a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los JUZGADOS NACIONALES DE LO CONTENCIOSO ADMINSITRATIVO con Sede en Caracas, Distrito Capital, para su debida distribución en dichas Juzgados, a los fines de que conozca de la Apelación interpuesta, mediante Oficio que se ordena librar. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 87 y 89 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo a los fines de la remisión de las copias certificadas del presente Cuaderno de Medidas se insta a la parte diligenciante a aportar las copias fotostáticas necesarias para su certificación por Secretaría.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.

En la misma fecha se libró el Oficio signado con el Nro. / 2015_.

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.

Exp. No. DE01-X-2015-000006

MGS/SR/ab

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