Decisión de Juzgado de los Municipios Cárdenas Guasimos y Andrés Bello de Tachira, de 29 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado de los Municipios Cárdenas Guasimos y Andrés Bello
PonenteLuisa Emperatriz Medina de Chacón
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y A.B.

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

En escrito admitido en fecha 15 de Diciembre de 2009, por este Tribunal, la ciudadana BELKYS C.J.B. asistida por la Abogada NUBIAN GABIRA G.G., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.138, solicitó se rectifique el error que se cometió en el Acta de Nacimiento N° 174 de fecha 28 de Marzo de 1957, inscrita en los libros de Registro Civil del Municipio Táriba del Estado Táchira, Distrito Cárdenas hoy Municipio Cárdenas del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana BELKYS C.J.B..

Dicho error material consiste en que al momento de transcribir el nombre de la titular del documento, colocaron BELKIYS, lo que es incorrecto, siendo lo correcto BELKYS.

La solicitud fue acompañada con copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 174 cuya rectificación se solicita, copia simple de la cédula de identidad de la solicitante, copia de la tarjeta del Instituto de los Seguros Sociales; copia de la tarjeta de afiliación de ahorro habitacional, copia de tarjeta Master Card Banco de Venezuela y copia de la tarjeta Maestro Banco de Venezuela.-

Cumplidas las formalidades legales con el examen de los documentos ya relacionados, este Tribunal llega a la conclusión de que se trata efectivamente de un error material cometido en el Acta de Nacimiento antes señalada, que era llevada por el Registro Civil del Municipio Táriba del Estado Táchira, hoy Municipio Cárdenas del Estado Táchira, por lo que esta Juzgadora puede concluir que la presente solicitud de rectificación de error material es procedente con fundamento en lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.

En tal sentido por los motivos antes indicados, en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En tal virtud, el Acta de Nacimiento N° 174 de fecha 28 de Marzo de 1957, inscrita en los libros de Registro Civil del Municipio Táriba del Estado Táchira, Distrito Cárdenas hoy Municipio Cárdenas del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana BELKYS C.J.B., queda rectificada, en el sentido que el nombre correcto del la titular es “BELKYS”.

Inscríbase esta sentencia en el libro de Acta de Nacimiento que era llevado por ante el Registro Civil del Municipio Táriba del Estado Táchira, hoy Municipio Cárdenas del Estado Táchira y por el Registro Principal del Estado Táchira y estámpesele en ambos libros la correspondiente nota marginal.

Expídase copia fotostática certificada de esta decisión para los fines legales subsiguientes. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.

Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y A.B.d.l. Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de Táriba, a los veintinueve (29) días del mes de Noviembre de Dos Mil Diez. (2010).- Años 200° de la Federación y 151° de la Independencia.

Juez titular,

Abg. L.M.

La Secretaria,

Abg. M.M.

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las diez y cero minutos de la mañana (10:00 a.m.) del día de hoy. Así mismo se libró oficio No. 1596 al Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira y oficio N° 1597 al Registro Principal del Estado Táchira.

La Secretaria,

Abg. M.M.

La suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y A.B.d.l. Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por aplicación analógica de los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, certifica la exactitud de las anteriores fotocopias por ser fiel traslado de su copia fotostática que reposa en el Archivo del Tribunal, relacionada con el Exp. Nº 5642-2010 de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO. Las mismas constan de (01) folio útil. Táriba, 29-11-2010.-

La Secretaria,

Abg. M.M.

Exp. 5642-2010

LMP

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS,

GUASIMOS Y A.B.D.L.

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL

ESTADO TACHIRA. TARIBA.-

Táriba, 29 de Noviembre de 2010

200° y 151°

No. 1597

Ciudadano:

Registrador(a) Principal Civil del Estado Táchira.

Su Despacho.-

Anexo al presente oficio, copia fotostática certificada de la decisión dictada por este Tribunal en esta misma fecha, en el Expediente No. 5642-2010, constante de (01) folio útil, en la cual se declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del Acta de Nacimiento N° 174 de fecha 28 de Marzo de 1957, inscrita en los libros de Registro Civil del Municipio Táriba del Estado Táchira, Distrito Cárdenas hoy Municipio Cárdenas del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana BELKYS C.J.B., queda rectificada, en el sentido que el nombre correcto de la titular es BELKYS y no BELKIYS.

Información que suministro a los fines que sea estampada la nota marginal respectiva.

LA JUEZ TITULAR,

ABG. L.M.

Exp. 5642-2010

LMP

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS,

GUASIMOS Y A.B.D.L.

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL

ESTADO TACHIRA. TARIBA.-

Táriba, 29 de Noviembre de 2010

200° y 151°

No. 1596

|Ciudadano:

Registrador(a) Civil del Municipio Guásimos del Estado Táchira.

Su Despacho.-

Anexo al presente oficio, copia fotostática certificada de la decisión dictada por este Tribunal en esta misma fecha, en el Expediente No. 5642-2010, constante de (01) folio útil, en la cual se declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del Acta de Nacimiento N° 174 de fecha 28 de Marzo de 1957, inscrita en los libros de Registro Civil del Municipio Táriba del Estado Táchira, Distrito Cárdenas hoy Municipio Cárdenas del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana BELKYS C.J.B., queda rectificada, en el sentido que el nombre correcto de la titular es BELKYS y no BELKIYS.

Información que suministro a los fines que sea estampada la nota marginal respectiva.

LA JUEZ TITULAR,

ABG. L.M.

Exp. 5642-2010

LMP

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