Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio. Sede San Fernando de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 28 de Julio de 2010

Fecha de Resolución28 de Julio de 2010
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Juicio. Sede San Fernando
PonenteFilomena Margarita Castillo de Gallardo
ProcedimientoTerminado El Procedimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN F.D.A..-

San F. deA., 28 de Julio del año 2010.-

200º y 151º

ASUNTO: 19.899.-

Vista la anterior Demanda de Custodia presentada en fecha 12-04-2.010, por la Abg. C.L.B., Fiscal Sexta del Ministerio Público, en representación de la ciudadana BELXY M.T.A., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.471.129, a favor de la niña (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) en contra del ciudadano C.E.R.Q., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.851.301, la cual se admitió en fecha 15-04-2.010 y se acordó citar al mencionado ciudadano, practicar Informe Social, Evaluaciones Psicológicas y Psiquiátricas.-

Ahora bien, por cuanto en fecha 13-07-2.010, el Departamento de Servicio Social de este Circuito Judicial consignó el oficio N° 17-10 inserto al folio 18, mediante el cual se observa que la niña (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) sujeto de la presente causa, se encuentra bajo la Responsabilidad de Crianza y Custodia de ambos padre, en virtud de que se encuentran juntos como marido y mujer, este Tribunal tomando en cuenta el Interés Superior de la niña que nos ocupa establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 75 de nuestra Carta Magna que establece que los niños, niñas y adolescente tienen el derecho de ser criados en el seno de su familia de origen, y por todas las consideraciones precedentemente expuestas, esta sala de juicio N° 1 del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San F. deA., Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA TERMINADO el presente procedimiento en razón de lo expuesto en el Informe Social antes mencionado, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente respectivo.- Cúmplase.-

La Juez Titular.,

Dra. M.C.

El Secretario.,

Abg. F.A.M..

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-

El Secretario.,

Abg. F.A.M.

MC/homer.-

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