Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 26 de Junio de 2007

Fecha de Resolución26 de Junio de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 26 de Junio de 2007.

Años: 197° y 148°

Vista las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: OCHOA L.J.G., Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 750.566 y domiciliado en la Pradera del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y N.A.J., Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 9.630.178 y domiciliado en La Pradera Municipio Cocorote del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas, en un área de terreno propiedad Municipal, ubicado al final de la vereda “N”, Urbanización La Pradera primer desarrollo, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, el cual tiene una superficie de Seis Mil Quinientos Metros cuadrados (6,500 mts2) y esta comprendido dentro de los linderos siguiente: NORTE: Urbanización La Pradera, SUR: Terrenos ocupados por el señor R.O.P., ESTE: Urbanización La Pradera y OESTE: Terrenos ocupados por el señor R.A., consistente en diversos árboles frutales treinta (30) matas de guanábana en producción, siete (07) matas de aguacate, quince (15) matas de coco en producción, (100) vástagos de masacras y (2.500) plantas ornamentales, forestales y frutales almacenadas en viveros con un tanque redondo de concreto de capacidad de mil litros (1.000 mts). A favor de la ciudadana: B.D.O.M.F., Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-6.458.678 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 508/2007.

La .Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.L. .Secretaria,

Abog. K.M.L.R.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-

La Secretaria,

Abog. K.M.L.R.

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