Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 17 de Noviembre de 2006

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2006
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoAcción Pauliana

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

CARACAS, diecisiete (17) de noviembre de 2006.

Años 196° y 147°

De la revisión minuciosa a las actas que conforman la presente causa, se pudo constatar que existe corrección en la foliatura en la pieza N° 1 a partir de los folios 59, 144 y 213; y, en la pieza N° 2 a partir de los folios 55, 137 al 350, 367 y 368 (los dos últimos contienen tipex). En consecuencia, se le impone al Secretario de este Juzgado salvar las enmendaduras de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil; y, por cuanto, este Tribunal, por auto de fecha 03 de noviembre de 2006, ordenó remitir el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en v.d.r.d.c. anunciado en contra de la decisión que dictó este Tribunal en fecha veintiuno (21) de julio de dos mil seis (2006), con oficio N° 2006-0761, se deja sin efecto el mencionado oficio, y ordena librar un nuevo oficio. Líbrese oficio.

EL JUEZ

DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS DOMINGO MATA

Quien suscribe RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que; la foliatura enmendada o corregida en la pieza N° 1 a partir de los folios 59, 144 y 213; y, en la pieza N° 2 a partir de los folios 55, 137 al 350, 367 y 368 (los dos últimos contienen tipex) “VALEN”. Caracas, a los diecisiete (17) días de noviembre de dos mil seis (2006)

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS DOMINGO MATA.

VJGJ/RM/Marielis

EXP N°. 9296

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, diecisiete (17) de noviembre de 2006.

Años 196º y 147º

OFICIO N°. 2006-A-

CIUDADANOS:

PRESIDENTE Y MAGISTRADOS

DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL.

SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a usted, con objeto de remitirle anexo al presente oficio, expediente N° 9296, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES y ACCIÓN PAULIANA, sigue el ciudadano C.A.B.D. en contra de los ciudadanos A.U.R.S. y G.S.C., en virtud de los Recursos de Casación anunciado por la representación judicial de estos dos últimos, contra la sentencia que dictó este Juzgado en fecha veintiuno (21) de julio de dos mil seis (2006), constante de dos (02) piezas, la primera de trescientos quince (315) y la segunda cuatrocientos treinta y uno (431) folios útiles.

Remisión que se hace en v.d.R.d.C. admitido el 3 de noviembre de 2006, en contra de la decisión que dictó este Tribunal en fecha veintiuno (21) de julio de dos mil seis (2006).

EL JUEZ,

Dr. V.J.G.J..

VJGJ/Marielis

EXP N° 9296

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