Decisión nº PJ0352014000088 de Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 26 de Junio de 2014

Fecha de Resolución26 de Junio de 2014
EmisorJuzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteMilagros Jimenez
ProcedimientoCobro De Pasivos Laborales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-000294

PARTE ACTORA: B.J.P.D.R.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: R.A. YANEZ CALCINI

PARTE DEMANDADA: VIALIDAD Y CONSTRUCCIONES SUCRE SOCIEDAD ANONIMA

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: F.H. CEDEÑO COLONIA

MOTIVO: PAGO DE BONOS VACACIONALES

Hoy, 26 de Junio de 2014, a las 02:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, dándose inicio se deja constancia que solo compareció la abogada F.H. CEDEÑO COLONIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 65.935, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada VIALIDAD Y CONSTRUCCIONES SUCRE SOCIEDAD ANÓNIMA, como se evidencia de autos, quien solicita copia certificada de la presente acta. Ahora bien, vista la incomparecencia de la parte actora a esta audiencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

La Jueza

La Secretaria

Abg. Milagros Jiménez

Abg. Suhaíl Flores

Apoderada judicial de la parte demandada

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