Decisión de Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 18 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2015
EmisorTribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteAngel Otero
ProcedimientoConvenimiento De Obligación Alimentaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR

DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO G.D.H.D.L.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

La Fría, 18 de septiembre de 2015

205º y 156º

EXP. N° 4.081.-

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

Parte Demandante: B.Z.S.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-21.597.899, domiciliada en Boca de Grita, Municipio G.d.H.d.E.T., actuando en beneficio de su hijo XX.

Parte Demandada: J.D.G.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.440.495, domiciliado en La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T..

Motivo de la causa: Obligación de Manutención.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

DE LA DEMANDA

Visto en convenimiento realizado por los ciudadanos B.Z.S.R. y J.D.G.S., en fecha 10 de agosto de 2015, por ante la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio G.d.H.d.E.T., por concepto de Obligación de Manutención, a favor del n.X.. Este Tribunal le da entrada y la inventaría bajo el Nº 4.081 en el Libro L-10, el cual textualmente establece:

…PRIMERO: El ciudadano J.D.G.S., se compromete a dar la cantidad de mil (1.500) quinientos bolívares semanal para gastos de manutención de sus hijos. SEGUNDO: Los gastos de ropa, colegios, medicamentos, asistencia médica, transporte, útiles escolares, uniformes de diario y deporte, recreación, gastos navideños, vacaciones, útiles de aseo personal, serán cubierto por ambos padres…

.

En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo este Tribunal acuerda notificar al Fiscal Protección del Niño y del Adolescente. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal.

EL Juez Provisorio,

Abg. Á.A.O.E.

La Secretaria

Abg. Thais K. González S.

AAOE/TKGS/Roselyn .-

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