Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A de Apure (Extensión Guasdualito), de 27 de Octubre de 2005

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2005
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
PonenteMaraly Katyhuska Olivares Robles
ProcedimientoAudiencia Especial

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

SECCIÓN DE ADOLESCENTES

EXTENSIÓN GUASDUALITO

TRIBUNAL DE EJECUCIÓN

Guasdualito, 27 de octubre de 2005.

195º y 146º

ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL

CAUSA Nº 1E15-05.

JUEZ: Maraly K. Olivares R.

JOVEN SANCIONADO: (Se omite la identificación del adolescente por mandato expreso del artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).

FISCAL TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. C.F.B..

DELITO: Abuso Sexual a Niño.

VICTIMA: A.Y.R.

DEFENSOR PÚBLICO PENAL DE ADOLESCENTES: Abg. J.A.S..

SECRETARIO: Abg. Karibay Durán E.

En el día de hoy, veintisiete (27) de Octubre del año 2.005, siendo las 02:00 de la tarde oportunidad, señalada para llevar a cabo Audiencia Especial, a fin de vigilar el cumplimiento de las condiciones impuestas por este tribunal en audiencia de imposición de condiciones para el cumplimiento de las medidas de Reglas de conducta y Servicios a la comunidad, impuestas en fecha 28-06-2005, de conformidad con lo previsto en los artículos 620 literales “b” y “ c”, 624 y 625 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en la Causa Nº 1E15-05, instruida contra el ciudadano sancionado : (Se omite la identificación del adolescente por mandato expreso del artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la niña : (Se omite la identificación de la niña por mandato expreso del artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Se constituye este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito. A cargo de la ciudadana Juez Abg. M.K.O.R.S. la ciudadana juez ordena a la secretaria verificar la presencia de las partes; haciendo constar ésta la presencia de los ciudadanos: Fiscal Tercero del Ministerio Público Abg. C.F.B., el ciudadano Defensor Público Penal de Adolescente, Abg. J.A.S. y el joven sancionado (Se omite la identificación del adolescente por mandato expreso del artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Acto seguido la ciudadana juez le explica al joven sancionado que el motivo de la audiencia es constatar el cumplimiento de las condiciones impuestas por el tribunal en fecha 28 de junio 2005, como fueron la prestación de servicios a la comunidad por un lapso seis (06) meses en la institución Servicio Jesuita a Refugiado; prohibición de concurrir a sitios donde expidan bebidas alcohólicas; someterse a la orientación de la psicóloga adscrita a la Institución Servicio Jesuita a Refugiado ciudadana I.B., y la obligación de matricularse en una institución de educación regular; seguidamente la ciudadana juez preguntó al joven sancionado acerca del cumplimiento de las condiciones antes mencionadas; a lo que éste contestó: “Yo estoy trabajando, estudiando y asisto al Servicio Jesuita a Refugiados ubicado en el Nula Estado Apure, la constancia de estudio se la entregue a la psicóloga del Servicio Jesuita a Refugiados, y estoy trabajando en la prefectura del Nula como Ofice boy. Seguidamente se le concedió la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien no tuvo nada que decir. De igual forma se le otorgó al Defensor Publico Penal de Adolescente Abg. J.A.S., quien solicitó copias simples del acta de la presente audiencia. Acto seguido la ciudadana juez solicita se deje constancia del cabal cumplimiento de las condiciones impuestas por parte del joven sancionado, pero a su vez le solicitó la consignación de constancias de trabajo y de estudio por ante este tribunal. Por todo lo ante expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda: Mantener las medidas impuestas por el Tribunal en fecha 28-06-2005, con el objeto de contribuir al desarrollo del joven sancionado como persona y ciudadano. Siendo las 02:20 horas de la tarde se da por concluida la audiencia. Es todo termino se leyó y conformes firman.-

La Juez,

Abg. M.K.O.R.

Fiscal Tercero del Ministerio Público,

Abg. C.F.B.

Defensor Público Penal de Adolescente,

Abg. J.A.s..

El Joven Sancionado,

J.D.R.R..

La secretaria,

Abg. Karibay Durán E,

Causa Nro 1E15-05

MKOR/KDE-

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