Decisión nº PP11-P-2004-301 de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Portuguesa (Extensión Acarigua), de 12 de Abril de 2005

Fecha de Resolución12 de Abril de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteRosa Rodríguez de Brito
ProcedimientoEjecucion De Absolutoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua

Acarigua, 12 de Abril de 2005

194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2004-005506

ASUNTO : PP11-P-2004-000301

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial, en fecha 16-03-2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano F.R.P.G., venezolano, mayor de edad, nacido el 22-12-1982, titular de la cédula de identidad N° 16.753.126 y residenciado en la Urbanización La Corteza, calle 1, vereda 6, casa N°4 de la ciudad de Acarigua del Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 460 y 278 del Código Penal respectivamente, cometido en perjuicio de ANDELFO VILLAMIZAR OLEJUA; R.V.N.R. y el ORDEN PÚBLICO, en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria y ordena la L.P. del ciudadano F.R.P.G.. Así mismo acuerda la remisión de 1.- Un arma de fuego TIPO REVOLVER, CALIBRE 38, MARCA: RANGER, al Parque Nacional de Armas para su conservación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 279 del Código Penal.

Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano F.R.P.G. y a su defensor.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.

La Juez de Ejecución

Abg. R.R.d.B.

El Secretario

Abg. Pedro Romero

RRdeB/ir

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