Decisión de Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte de Carabobo, de 25 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2010
EmisorJuzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
PonenteOscar León Uzcategui
ProcedimientoRecurso De Nulidad Con Amparo Cautelar

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-

Valencia, 25 octubre 2010

Años: 200º y 151º

Expediente Nº 12.843

Vista la diligencia presentada el 20 octubre 2010 por la abogada G.E.C. M., cédula de identidad V-15.067.685, Inpreabogado Nº 110.920, con carácter de apoderada judicial de BLINDADOS PANAMERICANOS S.A., mediante la cual desiste del procedimiento del presente recurso de nulidad con amparo cautelar interpuesto contra la P.A. Nº 00029 del 12 enero 2009 dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO “CESAR PIPO ARTEAGA” DE LOS MUNICIPIOS AUTONOMOS NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y VALENCIA, PARROQUIAS SAN JOSÉ, SAN BLAS, CATEDRAL Y R.U.D.E.C., este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte recurrente.

El Juez Provisorio,

O.J. LEÓN UZCÁTEGUI

El Secretario,

G.B.R.

Exp. Nº 12.843. En la misma fecha se libró despacho de comisión y oficios Nros. 4.170/19.148 y /4.171/19.149

El Secretario,

G.B.R.

OLU/Yasneidymc

Diarizado Nº_____

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