Sentencia nº 188 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 9 de Marzo de 2004

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2004
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas 9 de marzo de 2004

193º y 144º

Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 17 de febrero de 2004, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:

Mediante escrito consignado en fecha 26.9.03, por la abogada Liesbeth Meléndez V., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.450, actuando en su carácter de apoderada del ciudadano C.B.T., solicitó la nulidad del acto administrativo contenido en el oficio Nº MD.-7576, de fecha 12.12.02, notificado el 1.4.03, dictado por el ciudadano Ministro de la Defensa, mediante el cual se pasó “...a la situación de RETIRO por medida disciplinaria al Capitán (EJ) C.J. BLONDELL TINEO (...), de conformidad con el artículo 240 g) de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales...”, y, en consecuencia, se declaró “...CERRADO el C. deI., de acuerdo al artículo 50 del Reglamento de los Consejos de Investigación...”; este Juzgado, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 124 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, la admite cuanto ha lugar en derecho.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 eiusdem, se ordena notificar, con oficio, al ciudadano Fiscal General de la República y a la ciudadana Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y del presente auto.

La notificación de la Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo previsto en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Líbrese el cartel a que se refiere el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que consten en autos las notificaciones ordenadas.

Finalmente, ofíciese al ciudadano Ministro de la Defensa, solicitándole, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 ibidem, la remisión del expediente administrativo relacionado con este juicio, y anéxese copias certificadas de la solicitud, de la reforma y del presente auto.

La Juez,

M.L.A.L. La Secretaria,

N. delV.A.

Exp. N° 2003-1257/io.

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