Decisión de Juzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 2 de Julio de 2010

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteAura Maribel Contreras
ProcedimientoCobro De Bolívares

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 02 de Julio de 2010

200º y 151º

ASUNTO: AP11-B-2009-000001

Visto la anterior diligencia presentada por el ciudadano J.G.D., Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.527, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil B.B., C.A., quien demanda por COBRO DE BOLÍVARES a la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES HIMECI, C.A., el cual se sustancia en el Expediente N° AP11-B-2009-000001, éste Tribunal observa:

Mediante Resolución Nº 598.09 de fecha 19 de Noviembre de 2009 emanada de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.310, se acordó INTERVENIR sin cese de intermediación financiera a la solicitante Sociedad Mercantil B.B., C.A.

Mediante Resolución Nº 646.09, de fecha 7 de diciembre de 2009, emanada de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.322, se acordó el régimen de rehabilitación y se levanta la medida de intervención con cese de intermediación de la Sociedad Mercantil B.B. C.A.

Posteriormente por Resolución Nº 582-09 de fecha 16 de diciembre de 2009, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, AUTORIZÓ la FUSIÓN por incorporación de BANFOANDES BANCO UNIVERSAL, C.A. BANORTE, BANCO CONFEDERADO, S.A., B.B., C. A. y C. A. CENTRAL BANCO UNIVERSAL, y que el ente resultante de la FUSIÓN se denomine BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL C.A, (Gaceta Oficial Nº 39.329 de fecha 16 de Diciembre de 2009).-

Ahora bien, en la Resolución supra señalada se extinguió entre otras, la personalidad jurídica de B.B., C.A., acarreando ésta, todos los efectos jurídicos que esto conlleva, extendiéndose hasta los mandatos o poderes otorgados por ella,-

De manera que, por efecto de la FUSIÓN por incorporación de las Entidades Bancarias extinguidas y creado como ha sido el BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A., surte para éste último lo establecido en el Artículo 346 del Código de Comercio, y como consecuencia de ello, debe asumir los derechos y obligaciones que aquellas mantengan a la fecha de ejecución de la FUSIÓN; razón por la cual este Juzgado insta al ciudadano J.G.D., quien ostenta tener la representación jurídica del extinto Banco, a consignar los Estatutos del recién creado BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A., así como también instrumento poder o mandato en el que se verifique la cualidad para actuar en la presente demanda.- CUMPLASE.-

LA JUEZ TITULAR,

DRA. A.M.C.D.M.

LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. LEOXELYS VENTURINI

AMCDM/LV/ER

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