Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 23 de Junio de 2010

Fecha de Resolución23 de Junio de 2010
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoResolucion De Contrato De Arrendamiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 23 DE JUNIO DE 2010.-

Años 200° Y 151°

Vista la diligencia suscrita en fecha 21 de junio de 2010, por el abogado R.S., inscrito en el Inprebogado Nº 66.600, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita sea librada cartel de notificación vista de la imposibilidad de realizar la notificación a la parte demandada Inversiones Wineca, C.A. Este Tribunal acuerda lo solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-

El Juez,

Dr. V.J.G.J.

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RM/kl

EXP. N° 9987

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 23 DE JUNIO DE 2010.-

Años 200° Y 151°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la sociedad mercantil INVERSIONES WINECA, C.A o en la persona de su apoderado Judicial J.L.S.G., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos el número 39.657, parte demandada; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se les concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 09 de junio de 2010; que cursa en el expediente N° 9987, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, sigue en su contra la sociedad mercantil Bonaria Inmobiliaria, C.A; Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado y que en todo caso el lapso para interponer algún recurso, comenzará a contarse a partir del vencimiento del lapso para la comparecencia.-

EL JUEZ,

Dr. V.J.G.J.

VGJ/RM/kl

Exp: 9987

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