Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 21 de Abril de 2005
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2005 |
Emisor | Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques |
Ponente | Mariela Fuenmayor |
Procedimiento | Estimación E Intimación Honorarios Profesionales |
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiuno (21) de abril de dos mil cinco (2005).-
195° y 146°
Vistos los escritos de PROMOCION DE PRUEBAS presentado por las partes en el presente procedimiento y agregados a los autos en fechas 06 de abril de 2005 y 20 de abril de 2005, el primero presentado por los abogados L.B.L. y G.O.C., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 1.105 y 88.689, respectivamente, en su carácter de partes intimantes y por cuanto las pruebas contenidas en el no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, el Tribunal las ADMITE salvo su apreciación o no en la definitiva. El segundo escrito presentado por la abogada M.C.G.M., en su carácter de parte intimada asistida por la abogada L.G.I., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.588 y por cuanto las pruebas contenidas en el no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, SE ADMITEN salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la PRUEBA DE INFORMES contenida en e numeral SEGUNDO, el Tribunal ordena oficiar al BANCO PROVINCIAL S.A.C.A. Agencia Los Teques, a los fines de que dicho organismo informe a este Despacho sobre los siguientes particulares: a) Si la ciudadana M.C.G.M., titular de la Cédula de Identidad N° V.- 8.678.826, mantiene con dicha institución bancaria cuenta corriente signada con el N° 0108-0025-17-0199920196; b) Que el día 26 de agosto de 2003, fue emitido un cheque a favor del ciudadano G.O.C. por la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 300.000,oo) y c) Que durante el periodo comprendido entre el 26 de agosto de 2003 y el 31 de diciembre de 2004 de dicha cuenta han sido cancelados al ciudadano G.O.C. diversos cheques por diversas cantidades. Solicitándosele a dicha institución se sirva remitir a este Despacho copia de tales instrumentos. En cuanto a la PRUEBA DE POSICIONES JURADAS contenida en el numeral TERCERO, se ordena la citación mediante boleta del abogado G.O.C., venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.229.258 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.689, a fin de que comparezca por ante este Tribunal a las 11:00 a.m., del TERCER (3°) día de despacho siguiente a su citación, con la finalidad de que absuelva las POSICIONES JURADAS que le serán formuladas por la parte promovente; por cuanto que la ciudadana M.C.G.M., manifestó estar dispuesta a comparecer ante el Tribunal a absolverlas recíprocamente, en consecuencia se fijan las 11:00 a.m., del PRIMER (1°) día de despacho siguiente a aquel en que el ciudadano G.O.C. las absuelva.- Líbrense oficio y boleta de notificación y déjese constancia de lo actuado. CUMPLASE.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. M.J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. O.D.D.S.
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA ACC.
EXP N° 13935
MJFT/Jenny.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN
LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES.-
Los Teques, 21 de abril de 2005.
195° y 146°
N° 0855-
CIUDADANO
GERENTE DEL BANCO PROVINCIAL S.A.C.A
AGENCIA LOS TEQUES
SU DESPACHO.-
Me dirijo a Usted, en la oportunidad de hacer de su conocimiento que en el Juicio que por ESTIMACION e INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES seguido por los abogados L.B.L. y G.O.C. por ante este Tribunal contra la ciudadana M.C.G.M., el cual se sustancia en el Expediente signado bajo el N° 13035 (Nomenclatura de este Tribunal) y por auto de esta misma fecha se ha ordenado oficiarle a fin de que se sirva informar a este Despacho con carácter de urgencia y a la mayor brevedad posible sobre los siguientes particulares: a) Si la ciudadana M.C.G.M., titular de la Cédula de Identidad N° V.- 8.678.826, mantiene con dicha institución bancaria cuenta corriente signada con el N° 0108-0025-17-0199920196; b) Que el día 26 de agosto de 2003, fue emitido un cheque a favor del ciudadano G.O.C. por la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 300.000,oo) y c) Que durante el periodo comprendido entre el 26 de agosto de 2003 y el 31 de diciembre de 2004 de dicha cuenta han sido cancelados al ciudadano G.O.C. diversos cheques por diversas cantidades. Solicitándosele a dicha institución se sirva remitir a este Despacho copia de tales instrumentos
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DRA. M.J. FUENMAYOR TROCONIS
LA JUEZA TEMPORAL
EXP N° 13935
MJFT/Jenny.-
1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR S.B. EN EL MONTE SACRO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-
Los Teques, 21 de abril de 2005.-
195° y 146°
BOLETA DE CITACION
SE HACE SABER:
Al abogado G.O.C., venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.229.258 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.689, parte intimante en el juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue en contra de la ciudadana M.C.G.M., que se sustancia en el expediente signado bajo el N° 13935, que deberá comparecer por ante este Tribunal a las 11:00 a.m., del TERCER (3°) día de despacho siguiente a su citación, a fin de quie absuelva las POSICIONES JURADAS que le serán formuladas por la parte intimada, en el día y hora antes indicado.
Firmará al pie de la presente boleta en prueba de haber sido citado por el Alguacil de este Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. M.J. FUENMAYOR TROCONIS
CITADO.__________________
FECHA:____________________
EXP N° 13935
MJFT/Jenny.-