Decisión nº 2183-2007(COMISIÓN) de Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de Merida, de 30 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2007
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina
PonenteIria Margarita Bracho de Suarez
ProcedimientoDesalojo

En el día de hoy veinte de marzo del dos mil siete, siendo las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana, habiendo salido el Tribunal de su sede a las nueve de la mañana, previa solicitud de la parte actora se trasladó y constituyó el Tribunal frente al inmueble consistente en una casa para habitación ubicada en la Loma de Los Maitines, Puente La Pedregosa Sur, anexo de la N° 77, Sector 134, Parroquia Lasso de la Vega, del Municipio Libertador del Estado Mérida, con el fin de dar cumplimiento a la medida de Secuestro decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y S.M.d. la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Seguidamente el Tribunal da un lapso de espera de media hora a partir de las nueve cincuenta y cinco de la mañana para que se haga presente la parte demandada ya que el mencionado inmueble se encuentra cerrado. Se deja constancia que se encuentra presente el abogado de la parte actora abogado C.R.C.B., titular de la cédula de identidad N° 12.251.455, Inpreabogado N° 107.392. Se encuentran presentes los funcionarios policiales acompañando al Tribunal para la práctica de la presente medida E.J.G.A., titular de la cédula de identidad N° V-15.274.001 y E.F., titular de la cédula de identidad N° V-8.047.246. Cumplido el lapso de espera y por cuanto no se ha hecho presente la Ciudadana Z.C.B.L., solicito al Tribunal provea lo condecente a que la referida ciudadana notificada de la presente medida. En este estado el Tribunal conforme a lo solicitado acuerda notificar a la demandada de autos mediante oficio para que acuda a la sede de este Tribunal el día jueves 22 de Marzo del presente año a las ocho y treinta minutos de la mañana. Terminó, se leyó y conformes firman. Regresando el Tribunal a su sede siendo las once y treinta minutos de la mañana. La Jueza Titular (fdo) Abg. I.B.d.S., firma ilegible. Está estampado en tinta el sello del Tribunal. La parte actora (fdo) Abg. C.R.C.B., firma ilegible. Los Funcionarios Policiales (fdos) E.J.G.A., firma ilegible. E.F., firma ilegible. La Secretaria Temporal (fdo) Abg. Z.G.B., firma ilegible.

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