Decisión de Juzgado Sexto de Municipio de Caracas, de 12 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2010
EmisorJuzgado Sexto de Municipio
PonenteJosé Emilio Cartaña
ProcedimientoCumplimiento De Contrato De Arrendamiento

ASUNTO : AN36-X-2010-000007

En el presente juicio arrendaticio incoado por M.N.B.d.B. contra R.E.C.E. y otra. Se solicitó medida preventiva de secuestro, la cual negamos, en base al siguiente argumento:

Existe duda razonable cual será la duración real de la prórroga legal, habida cuenta que si bien la relación arrendaticia data desde 01 de septiembre de 2006, y el contrato que se acompaña así lo demostrara, pudiera haber existido, antes de esa fecha, otros contratos que hagan de mayor duración la relación, y por, ende la extensión de la prórroga legal.

Al faltar la prueba de la presunción grave del derecho reclamado, no se cumple con las condiciones del art. 585 CPC. Así se declara

El Juez

JOSE EMILIO CARTAÑÁ ISACH

La Secretaria

IVONNE CONTRERAS

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