Sentencia nº AMP-052 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 21 de Mayo de 2003

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2003
EmisorSala Político Administrativa
PonenteYolanda Jaimes Guerrero
ProcedimientoAuto para mejor proveer

Caracas, 20 de mayo de 2003

193º y 144º

En decisión de fecha 4 de diciembre del año 2002, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, declaró homologada la transacción judicial celebrada en fecha 7 de agosto de 2002, entre la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL S.R. (CATUNESR), inscrita en la Superintendencia de Caja de Ahorros adscrita al Ministerio de Finanzas, bajo el Nº 236, y debidamente protocolizada por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Sucre, en fecha 16 de enero de 1977, bajo el Nº 16, Folio 83 y Vto, Tomo 16, Protocolo Primero, y la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL S.R., y con ello se dio por terminado el juicio que se seguía por cumplimiento de contrato y pago de daños y perjuicios.

Mediante diligencia de fecha 10 de diciembre de 2002, el abogado G.M.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.913, actuando en su carácter de apoderado judicial de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL S.R. (CATUNESR), ya identificada, expuso: "Por cuanto hasta la presente fecha, la Universidad Nacional Experimental S.R., parte demandada, no ha cumplido en forma total con lo establecido en el escrito contentivo de la TRANSACCIÓN JUDICIAL efectuada entre las partes, en fecha 07 de agosto de 2002, y homologada según sentencia Nº 1417, de fecha 03 de diciembre de 2002, en nombre de mi representada, solicito (...) la ejecución de dicha transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil.".

Adjunto a oficio Nº 2507 de fecha 13 de diciembre de 2002, dirigido a la ciudadana Procuradora General de la República, esta Sala Político Administrativa remitió copia certificada de la decisión dictada el 4 de diciembre de 2002, la cual se dio por notificada en fecha 21 de enero de 2003.

El 26 de febrero de 2003, el apoderado judicial de la parte demandante, ratificó su diligencia de fecha 10 de diciembre de 2002, contentiva de la solicitud de ejecución voluntaria de la referida transacción judicial.

Vista la solicitud contenida en las anteriores diligencias, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en los artículos 523 y 524 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA LA EJECUCION de la transacción judicial celebrada en fecha 7 de agosto de 2002, y que fuese homologada por decisión Nº 1417 de fecha 4 de diciembre de 2002. En consecuencia, ordena notificar a la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL S.R., a los fines de que proceda al cumplimiento voluntario de la misma, concediéndole para tal fin un lapso de diez (10) días hábiles, contados a partir de su notificación.

De no darse cumplimiento voluntario al presente decreto de ejecución, en el lapso indicado, la Sala procederá a la ejecución forzosa del fallo.

Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado

El Presidente,

L.I. ZERPA

El Vicepresidente,

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI

La Magistrada-Ponente,

YOLANDA JAIMES GUERRERO

La Secretaria,

ANAIS MEJIA CALZADILLA

YJG/erl

Exp. Nº: 2002-0134

En veintiuno (21) de mayo del año dos mil tres, se publicó y registró el anterior auto para mejor proveer bajo el Nº AMP-052.

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