Decisión de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 27 de Septiembre de 2006

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2006
EmisorJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
PonenteYittza Yorley Contreras Barroeta
ProcedimientoInterdicto Por Despojo

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, veintiséis de septiembre de dos mil seis.

196º y 147º

Visto el escrito fechado 18 de septiembre de 2006, suscrito por el Abogado D.A.C.A., con el carácter de autos, mediante la cual interpone Recurso de Invalidación de la Sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el Tribunal para decidir observa:

  1. - El recurrente interpone Recurso Extraordinario de Invalidación contra la Sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10 de Julio de 2006, a fin de que se declare la Nulidad Absoluta de todas las actuaciones a partir del auto de admisión e incluso se declare la NULIDAD ABSOLUTA del auto de admisión , por cuanto a su criterio debió notificarse al Procurador General de la República y al Presidente del Instituto Nacional de Tierras (INTI).

  2. - El artículo 329 del Código de Procedimiento Civil, dispone:

Este recurso se promoverá ante el Tribunal que hubiere

dictado la SENTENCIA EJECUTORIADA cuya inva

lidación se pida, o ante el Tribunal que hubiere homolo-

gado al acto que tenga fuerza de tal.

(El subrayado es nues

tro).

Es claro, evidente y lógico que el Tribunal cuya Sentencia ejecutoriada solicita el Abogado referido, no es la Sentencia Definitiva que dictó este Juzgado de Primera Instancia sino como él mismo lo señala: contra la Sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10 de Julio de 2006. De tal modo, que no le es dado a este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario siquiera para decidir el fondo del asunto, puesto que no es el Juzgado indicado para admitir el presente Recurso. Y ASÍ SE DECIDE.

De otra parte, y en todo caso, no es este Tribunal el Superior Jerárquico inmediato del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira ya que sucede a la inversa.

En consecuencia este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de Invalidación contra la Sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10 de Julio de 2006.

Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre de dos mil seis. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA

LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.

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