Decisión de Tribunal Segundo de Control de Aragua, de 13 de Junio de 2008

Fecha de Resolución13 de Junio de 2008
EmisorTribunal Segundo de Control
PonenteGalmir Gerratana Cardozo
ProcedimientoOrden De Aprehension

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO

JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA EN FUNCIONES DEL 2º DE CONTROL

198° y 149°

Maracay; 13 de Junio del 2008.

Revisada como ha sido la solicitud de ORDEN DE APREHENSION, presentada por el ABG. R.A. ACOSTA GARRIDO, en su carácter de Fiscal Décimo Séptimo a Nivel Nacional con Competencia Plena, en contra de los ciudadanos MOISES JARA J.J., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-.16.268.923, Domicilio: Rosario de paya, Segunda Transversal casa N° 12, Estado Aragua y BRITO ROJAS J.A., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.757.303, Domicilio URBANIZACIÓN VILLAS DEL CARMEN CALLE N°. 01, LOS CAOBOS, CASA N°. 01, FACHADA DE PIEDRA Y REJAS BLANCAS, MARACAY, ESTADO ARAGUA, por considerarlo responsable de la Comisión de CO-AUTORES del Delito de ROBO AGRAVADO y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal y en los Artículos 05 y 06 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo, en perjuicio del Ciudadano: P.C.R., este Tribunal a los fines de decidir hace las siguientes consideraciones :

CAPITULO I

DE LOS HECHOS

El día 15-05-2008, a eso de las 07:25 horas de la mañana aproximadamente, el Ciudadano: P.C.R., Salió de su casa al estacionamiento a fin de encender su vehículo Marca Toyota, Modelo Prado, Color Gris Plomo, Año 2001, Placas JAR-45R, una vez encendido a fin de que se calentara, regreso a su Vivienda ubicada en la dirección antes mencionada a fin de desayunar, en el momento en que esta sentado en el comedor y estando su esposa A.S. y su Hija Y.R., en la cocina, observe a un sujeto que me paso por el lado en dirección hacia donde estaba su señora esposa, en lo que intenta reaccionar, sintió un objeto en la nuca, el cual era un arma de fuego y una voz masculina que le dijo no te muevas es un Robo quédate quieto y me indicó que caminara hacia la cocina donde estaba su hija y su esposa, siendo apuntadas ambas por el primer sujeto que había pasado, lo dijeron que no les observáramos la cara y nos ordenaron que nos lanzáramos al piso boca abajo a los tres, luego me preguntaron que donde estaba el dinero, que donde estaban los dólares y me sacaron la cartera del bolsillo trasero del pantalón, le dijo que en su casa no hay dinero en efectivo, que lo que había eran 250 bolívares fuertes que dejo en la peinadora para los gastos de la casa y la cantidad de cien bolívares fuertes que estaban en la cartera al igual que la cantidad de 240 dólares, le dijo que eso era todo el efectivo que teníamos, preguntaron que donde estaban las armas y las joyas, le dijo que no tenía armas en ese momento le realizaron un cacheo y le preguntaron que donde trabajaba, les dijo que era abogado, entonces uno de los sujetos se percato por la sombra que subía a la parte alta de la casa y a los pocos minutos regreso con su segunda hija de nombre A.R., la acostaron junto con ellos en la cocina y procedieron a maniatarlos con un tirraje y los colocaron una mordaza, luego a los pocos minutos uno de los sujetos bajo de la parte alta de la casa molesto porque había encontrado una pistola que es de su propiedad MARCA YAMA, Calibre 7,65 color Negro, esta arma de fuego es de cuando era militar activo y la compro a un compañero militar, ya que fue sargento Mayor de Segunda del Ejercito, no recuerda el serial del arma, quiero mencionar que el sujeto se encontraba muy molesto porque yo le había dicho que no tenía armas, en eso trate de calmarlo y le dije que me estaba robando y que lo más lógico era que le mintiera, este sujeto le dijo que le dijera toda la verdad porque si no le iba a cortar los dedos a mi hija, luego me pregunto nuevamente que donde estaba los dólares y las joyas, en eso le dije que en la casa lo que tenia era lo que ellos ya habían tomado, en eso también le dije que habían dos escopetas en el closet, uno de ellos fue y busco las escopetas, cuando ya tenían las dos escopetas, yo le dije que había una dañada, los sujetos se llevaron la escopeta que estaba en buenas condiciones, los sujetos registraron toda la casa y se llevaron una computadora LAPTO, valorada en 4.000 mil bolívares fuertes, una computadora con su CPU, PANTALLA TECLADO, con todos sus accesorios, valorada en 3.500 bolívares fuertes, le quitaron una cadena de oro con su cristo, valorada en 3.000 bolívares fuertes actualmente, el anillo de oro con un zafiro estrella, valorado en 500 bolívares fuertes, un Reloj, no recuerda la Marca de color Gris, valorado en 800 bolívares fuertes, se llevaron también tres relojes más, los cuales estaban en la mesa de noche, uno de ellos BON MERCIÓN, ORO BLANCO, valorado en 7.000 mil bolívares fuertes, un reloj GIVENCY, de color dorado valorado en 1.000 bolívares fuertes, un reloj Michelle, de dama valorada en 400 bolívares fuertes, también se llevaron dos vehículos de mi propiedad uno de los vehículos es una Marca Toyota, Modelo Prados, Cinco Puertas, Color Gris, Año 2001, Placas: JAR-45R, Tipo Sport-Wagon, Uso Particular, Clase Rustico, Serial de Carrocería: 9FH11VJ9519004289, Serial de Motor: 5VZ1215223, Valorada actualmente en 80.000 mil bolívares fuertes, el otro vehículo: Marca Ford, Modelo Focus, Color: BEIGE, Placas: AFC-32T, Año 2006, Serial de Carrocería: 8AFFZZFFC6J444435, Serial de Motor: 6J444435, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Uso Particular.

CAPITULO II

ELEMENTOS DE CONVICCION

Corre inserto al folio Cuatro (04) y vto, Denuncia de fecha 15 de Mayo 2008, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Cagua, interpuesta por el ciudadano: P.C. RAMIREZ…quien manifestó no proceder falsa ni maliciosamente y en consecuencia expone: “ Comparezco por antes este despacho ya que fui citado en relación a uno de los Delitos Contra la Propiedad (Robo), en relación a este caso quiero manifestar que el día de hoy 15-05-2008, a eso de las 07:25 horas de la mañana aproximadamente, Salí de mi casa al estacionamiento a fin de encender mi vehículo Marca Toyota, Modelo Prado, Color Gris Plomo, Año 2001, Placas JAR-45R, una vez encendido a fin de que se calentara, regrese a mi Vivienda ubicada en la dirección antes mencionada a fin de desayunar, en el momento en que estoy sentado en el comedor y estando mi esposa A.S. y mi Hija Y.R., en la cocina, observe a un sujeto desconocido que me paso por el lado en dirección hacía donde esta mi señora esposa, en lo que intento reaccionar, sentí un objeto en la nuca, el cual era un arma de fuego y una voz masculina que me dijo no te muevas es un Robo quédate quieto y me indicó que caminara hacia la cocina donde estaba mi hija y mi esposa, siendo apuntadas ambas por el primer sujeto que había pasado, me dijeron que no les observáramos la cara y nos ordenaron que nos lanzáramos al piso boca abajo a los tres, luego me preguntaron que donde estaba el dinero, que donde estaban los dólares y me sacaron la cartera del bolsillo trasero del pantalón, le dije que en mi casa no hay dinero en efectivo, que lo que había eran 250 bolívares fuertes que deje en la peinadora para los gastos de la casa y la cantidad de cien bolívares fuertes que estaban en la cartera al igual que la cantidad de 240 dólares, le dije que eso era todo el efectivo que teníamos, preguntaron que donde estaban las armas y las joyas, le dije que no tenia armas en ese momento me realizaron un cacheo y me preguntaron que donde trabajaba, les dije que era abogado, entonces uno de los sujetos me percate por la sombra que subía a la parte alta de la casa y a los pocos minutos regreso con mi segunda hija de nombre A.R., la acostaron junto con nosotros en la cocina y procedieron a maniatarnos con un tirraje y nos colocaron una mordaza, luego a los pocos minutos uno de los sujetos bajo de la parte alta de la casa molesto porque había encontrado una pistola que es de mi propiedad MARCA YAMA, Calibre 7,65 color Negro, esta arma de fuego es de cuando era militar activo y se la compre a un compañero militar, ya que fui sargento Mayor de Segunda del Ejercito, no recuerdo el serial del arma, quiero mencionar que el sujeto se encontraba muy molesto porque yo le había dicho que no tenía armas, en eso trate de calmarlo y le dije que me estaba robando y que lo más lógico era que le mintiera, este sujeto me dijo que le dijera toda la verdad porque si no le iba a cortar los dedos a mi hija, luego me pregunto nuevamente que donde estaba los dólares y las joyas, en eso le dije que en la casa lo que tenia era lo que ellos ya habían tomado, en eso también le dije que habían dos escopetas en el closet, uno de ellos fue y busco las escopetas, cuando ya tenían las dos escopetas, yo le dije que había una dañada, los sujetos se llevaron la escopeta que estaba en buenas condiciones, los sujetos registraron toda la casa y se llevaron una computadora LAPTO, valorada en 4.000 mil bolívares fuertes, una computadora con su CPU, PANTALLA TECLADO, con todos sus accesorios, valorada en 3.500 bolívares fuertes, me quitaron una cadena de oro con su cristo , valorada en 3.000 bolívares fuertes actualmente, el anillo de oro con un zafiro estrella, valorado en 500 bolívares fuertes, un Reloj, no recuerdo la Marca de color Gris, valorado en 800 bolívares fuertes, se llevaron también tres relojes más,

los cuales estaban en la mesa de noche, uno de ellos BON MERCIÓN, ORO BLANCO, valorado en 7.000 mil bolívares fuertes, un reloj GIVENCY, de color dorado valorado en 1.000 bolívares fuertes, un reloj Michelle, de dama valorada en 400 bolívares fuertes, también se llevaron dos vehículos de mi propiedad uno de los vehículos es una Marca Toyota, Modelo Prados, Cinco Puertas, Color Gris, Año 2001, Placas: JAR-45R, Tipo Sport-Wagon, Uso Particular, Clase Rustico, Serial de Carrocería: 9FH11VJ9519004289, Serial de Motor: 5VZ1215223, Valorada actualmente en 80.000 mil bolívares fuertes, el otro vehículo: Marca Ford, Modelo Focus, Color: BEIGE, Placas: AFC-32T, Año 2006, Serial de Carrocería: 8AFFZZFFC6J444435, Serial de Motor: 6J444435, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Uso Particular, Valorado por el Seguro en Bolívares Fuertes es todo lo que deseo mencionar al respecto….a preguntas contestò: PRIMERA: Diga usted, lugar hora y fecha de lo antes mencionado? CONTESTO: Eso fue en mi residencia antes mencionada, a eso de las 07:25 horas de la mañana del día de hoy 15-05-2008.- SEGUNDA: Diga usted, algún tipo de maltratos de los sujetos autores del hecho hacia su persona o sus familiares? CONTESTO: No.- TERCERA PREGUNTA: Diga usted, es la primera vez que ocurre un hecho similar? CONTESTO: Si.- CUARTA PREGUNTA: Diga usted, en la Urbanización la Ciudadela existe algún tipo de Vigilancia? CONTESTO: En este momento no, ya que hay un problema con el cambio de la empresa de Seguridad, que presta servicio en la prenombrada urbanización.- QUINTA PREGUNTA: Diga usted, las características de los sujetos autores del hecho? CONTESTO: Por mi parte estoy conciente solo de dos sujetos, uno que me paso por el lado que es de color de piel Trigueño claro, estatura de 1,75 metros, contextura delgada, nariz perfilada, cabello negro corto, tenia una gorra no recuerdo el color, este debe tener uno 23 o 24 años de edad aproximadamente, este es el único que puedo reconocer, ahora quiero agregar que mi hija me dijo que habían tres sujetos.- SEXTA PREGUNTA: Diga usted, los sujetos se llegaron a llamar por algún nombre o apodo? CONTESTO: No.- SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, logro observar la vestimenta del sujeto autor del hecho? CONTESTO: OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, le llegaron a despojar de alguna otra pertenencia? CONTESTO: Si de los teléfonos celulares números: 0416-8306025, 0414-4650001, otro celular que la batería esta dañada 0416-4443617, los de mi esposa y mis hijas los número no lo recuerdos NOVENA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: Si, deseo consignar una copia del certificado de registro y de origen de los vehículos antes mencionados como robados…

Corre inserto al folio Cinco (05), Inspección técnico Policial N°.948, de fecha 15MAY2008 suscrita por el Funcionario: PUERTA ANTONIO Y J.C., Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cagua.

Corre inserto al folio Siete (07) y Vto, Avaluó Prudencial, de fecha 15-de Mayo del 2008, N°. 9700-064-SC-013, suscrita por el Funcionario: PUERTA ANTONIO, Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cagua.

Corre inserto a los folios Ocho (08) y Vto y Nueve (09), Experticia de Reconocimiento, de fecha 15-de Mayo del 2008, N°. 9700-064-SC-079, suscrita por el Funcionario: PUERTA ANTONIO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cagua.

Corre inserto a los folios Doce (12) y Vto, Acta de Entrevista de fecha 15 de Mayo del 2008, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cagua, realizada a la ciudadana RAMIREZ ZAMBRANO A.L., portadora de la cédula de identidad No- V-19.065.238, en la cual deja constancia de. “… un sujeto desconocido entro a mi cuarto y me despertó apuntándome con una pistola en la cabeza diciéndome esto es un asalto y me obligo para salar lugar donde dos sujetos mas que también estaban armados tenían a mi madre Idasol Azucena, mi padre P.C. y mi hermana Yenifer…”.

Corre inserta al folio Cuarenta y Uno (41) y vto, Acta de Entrevista de fecha 15-05-08, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cagua, ZAMBRANO IDASOL AZUCENA, en la cual deja de constancia de. “… en el momento que estábamos en la cocina para desayunar estos sujetos los mismos portando dos pistolas y bajo amenaza de muerte, nos someten y nos sometieron en la cocina, nos amarraron con un precinto plástico las manos y los pies que barajáramos la cabezo y no lo viéramos uno de los sujetos se queda con nosotros con la pistola y el otro sube al piso de arriba de la casa…”.

Corre inserta al Folio Cuarenta y dos (42) y vto, Acta de Entrevista de fecha 15-05-08, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cagua, APONTE ACOSTA V.R., en la cual deja de constancia de. “… me tope con dos sujetos los cuales era primera vez que veía en la urbanización en actitud sospechosa pero no le di importancia…”.

Corre inserta al Folio Cuarenta y tres (43) y vto Acta de Entrevista de fecha 15-05-08, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cagua, RAMIREZ ZAMBRANO YENNIFER D YANI, en la cual deja de constancia de. “… en ese momento entraron dos sujetos portando armas de fuego y bajo amenaza de muerte apunta a mi papa, luego a mi mama y a mi, y nos dice que nos tiráramos al suelo junto a nosotros y uno de ellos le dicen a mi papa que donde estaba los dólares que si tenía armas…”.

Corre inserta al Folio Cuarenta y Seis (46) y vto, Acta de Investigación Penal de fecha 20-05-08, suscrita por los funcionarios Detective L.S., adscrito a la Subdelegación de Cagua del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas…

Corre inserta al Folio Sesenta y Tres (63) y vto Acta de Investigación, de fecha 21-05-08, suscrita por el Funcionario: B.R., Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Cagua. En la cual deja constancia de: “… con quien sostuvimos y manifestó que las personas que le entregaron el vehículo antes señalados son del Macaro, Turmero Estado Aragua, y responde al nombre de: A.R., y vive en el Barrio Antonio Jose de Sucre, una casa de color Verde con Rejas blancas no se el numero de la casa, D.P., vive en el barrio la esperanza, la ultima calle una de color rosado, C.J., en el Barrio la Esperanza, la calle cinco la segunda casa , Cesar el virolo, vive en saman de guere y S.C. deA., el gordo Yunny vive en la urbanización Villas del Carmen en la primera casa, El Catire, vive en sorocaima I, en la calle piar una casa rosada con rejas blancas…” .

Corre inserta al Folio Sesenta y Cuatro (64) y vto Acta de Investigación, de fecha 21-05-08, suscrita por el Funcionario: C.G., Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Valencia. En la cual deja constancia de: “… manifestó en presencia de los funcionarios Sub-Comisario WIMER MARQUINA, B.R., y mi persona que su participación en el hecho investigado había sido luego que unos sujetos a los cuales como ANDRES, EL GORDO, EL COCHINO, DOUGLAS Y R.N., todos habitantes del barrio El Macaro de Maracay – Estado Aragua…”

Al folio ciento veintisiete (127) del expediente corre inserta ORDEN DE ALLANAMIENTO Nº 0031 ,de fecha 10 de Junio del 2008, emitida por el Tribunal Noveno de Control del Estado Aragua, la cual entre otras cosas se deja constancia de lo siguiente….inmueble ubicado en el Barrio Rosario de Paya, Sector Las Payas. Segunda transversal casa Nº 12 , Estado Aragua, lugar donde habita el ciudadano apodado como EL MOICE JARA JONATHAN JAVIER….donde se presume existen evidencias… tales como ARMAS DE FUEGO , MUNICIONES DE DIDTINTOS CALIBRES, VEHICULOS AUTOMOTORES, TELEFONOS CELULARES, TARJETAS DE DEBITO Y DE CREDITOS……COMPUTADORAS PORTATILES…que guardan relación con la investigación Nº NNF17-0026-08..”

Al folio ciento veintinueve (129) del expediente corre inserta ORDEN DE ALLANAMIENTO Nº 0029 ,de fecha 10 de Junio del 2008, emitida por el Tribunal Noveno de Control del Estado Aragua, la cual entre otras cosas se deja constancia de lo siguiente….inmueble ubicado en la Urbanización VILLAS DEL CARMEN CALLE Nº 1, FACHADA DE PIDRA Y REJAS BLANCAS MARACAY ESTADO ARAGUA, lugar donde habita el ciudadano apodado como EL GORDO YUNNY”….donde se presume existen evidencias… tales como ARMAS DE FUEGO , MUNICIONES DE DIDTINTOS CALIBRES, VEHICULOS AUTOMOTORES, TELEFONOS CELULARES, TARJETAS DE DEBITO Y DE CREDITOS……COMPUTADORAS PORTATILES…que guardan relación con la investigación Nº NNF17-0026-08..”

Al folio ciento treinta y dos (132) del expediente, corre inserta ACTA DE INVESTIGACION suscrita por el Agente G.Y., en la cual entre otras cosas se deja constancia de lo siguiente”…dando cumplimiento a la Orden de Allanamiento Nº 0029, emanada del Juzgado Noveno de Control del Estado Aragua ... fuimos atendido por una ciudadana SULAY MARBELY SOLIS MENDEZ…quien manifestó estar alquilada…que hace quince días aproximadamente el ciudadano de nombre J.A.B.R. ..quien es propietario de dicha residencia quien es conocido con el remoquete de “EL GORDO JUNNY”, le manifestó que se había metido en un problema y tenia que huir del estado…. Ya que las autoridades lo estaban buscando…”

CAPITULO III

DECISION

En tal sentido, por lo antes expuesto considera esta Juzgadora que existen suficientes elementos de convicción para determinar que los ciudadanos: MOISES JARA J.J., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-.16.268.923, Domicilio: Rosario de paya, Segunda Transversal casa N° 12, Estado Aragua y BRITO ROJAS J.A., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.757.303, Domicilio URBANIZACIÓN VILLAS DEL CARMEN CALLE N°. 01, LOS CAOBOS, CASA N°. 01, FACHADA DE PIEDRA Y REJAS BLANCAS, MARACAY, ESTADO ARAGUA, estén comprometidos en el delito de: ROBO AGRAVADO y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal y los Artículos 05 y 06 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo, en perjuicio del Ciudadano: P.C.R., ya que se encuentran llenos los extremos del artículo 250 en sus ordinales 1º, 2º y 3º , 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal; es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Función de Segundo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la INMEDIATA APREHENSION de los ciudadanos MOISES JARA J.J., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-.16.268.923, Domicilio: Rosario de paya, Segunda Transversal casa N° 12, Estado Aragua y BRITO ROJAS J.A., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.757.303, Domicilio URBANIZACIÓN VILLAS DEL CARMEN CALLE N°. 01, LOS CAOBOS, CASA N°. 01, FACHADA DE PIEDRA Y REJAS BLANCAS, MARACAY, ESTADO ARAGUA, estén comprometidos en el delito de: ROBO AGRAVADO y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal y los Artículos 05 y 06 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo, en perjuicio del Ciudadano: P.C.R., ya que se encuentran llenos los extremos del artículo 250 en sus ordinales 1º, 2º y 3º , 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal; una vez aprehendidos dichos ciudadanos deberán ser puestos a la orden del Juez del Control en los lapsos establecidos en la Ley, autorizando al Fiscal Décimo Séptimo a Nivel Nacional con Competencia Plena para ello, todo de conformidad con los artículos 44 ordinal 1º, 46 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la orden de aprehensión respectiva. Diarìcese. Cúmplase.-

LA JUEZ

ABG. GALMIR GERRATANA CARDOZO.

LA SECRETARIA,

ABG. NELLY MEJIAS

CAUSA Nº 2C-SOL-646-08

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