Sentencia nº 114 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 19 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2013
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 19 de febrero de 2013

202º y 153º

Visto que en fecha 04 de febrero de 2013 fue recibida comisión librada al Juzgado Segundo de Municipio del Circuito Judicial Civil, M. y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 18 de diciembre de 2012, a los fines de notificar a los ciudadanos C.Y.R.G., F.A.O.O. y L.G.L.A., a la Comisión Electoral del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), a la Junta Directiva del referido Sindicato, así como a los ciudadanos B.A.G. DE BARRIENTOS, O.R.G.H., CRISTÓBAL SEGUNDO PRIMERA, W.R.C.C., G.D.R.G., E.F.G.A., M.J.M. DE CASTILLO, B.G.M.C., J.R.R., F.J.A.R., R.B.M., L.A.P.R., A.V.P., E.A.G.G. y JESÚS RAMÓN MARES RODRÍGUEZ (Miembros de la Plancha N° 2), del fallo Nº 218 dictado en fecha 29 de noviembre de 2012, y por cuanto de los resultados arrojados por la comisión conferida se observa que la boleta de notificación librada a los miembros de la Plancha N° 2, se encuentra firmada sólo por el ciudadano W.R.C.C., este Juzgado en atención a lo antes señalado, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel a los ciudadanos B.A.G. DE BARRIENTOS, O.R.G.H., CRISTÓBAL SEGUNDO PRIMERA, G.D.R.G., E.F.G.A., M.J.M. DE CASTILLO, B.G.M.C., J.R.R., F.J.A.R., R.B.M., L.A.P.R., A.V.P., E.A.G.G. y JESÚS RAMÓN MARES RODRÍGUEZ (Miembros de la Plancha N° 2), a los fines de notificarlos de la Sentencia Nº 218 dictada en fecha 29 de noviembre de 2012, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel, se les tendrán por notificados. L.C..

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. Nº AA70-X-2012-000010

JMMS/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 19 de febrero de 2013

202º y 153º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos B.A.G. DE BARRIENTOS, O.R.G.H., CRISTÓBAL SEGUNDO PRIMERA, G.D.R.G., M.J.M. DE CASTILLO, B.G.M.C., J.R.R., F.J.A.R., R.B.M., L.A.P.R., A.V.P., E.A.G.G. y J.R.M.R., titulares de la cédula de identidad N° 9.670.768, 13.736.033, 7.153.972, 8.599.702, 10.254.125, 11.102.755, 5.443.544, 13.492.334, 7.874.492, 12.899.855, 11.490.039, 11.156.223 y 4.838.716, (Miembros de la Plancha N° 2) y/o su apoderado judicial abogado A.J.S.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.604, que esta S. en fecha 29 de noviembre de 2012 dictó Sentencia Nº 218 en el expediente contentivo de solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por los ciudadanos C.Y.R.G., F.A.O.O. y L.G.L.A., titulares de la cédula de identidad N° 18.343.807, 3.307.489 y 11.099.902, respetivamente, actuando con el carácter de “(...) miembros del SINDICATO SOCIALISTA DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE BOLIVARIANA DE PUERTOS DE PUERTO CABELLO (SINSOTRABOLPC) (…)”, asistidos por el abogado J.A.C.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.369, en el recurso contencioso electoral interpuesto por las ciudadanas K.J.O.S. y M.E.M.D., titulares de la cédula de identidad N° 11.104.261 y 8.613.388, respectivamente, asistidas por la abogada L.Y.O., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.860, contra la Resolución N° 120601-0356 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 01 de junio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 627 de fecha 22 de junio de 2012. (Expediente AA70-E-2012-000056). En dicho fallo, se ADMITIÓ la participación de los ciudadanos C.Y.R.G. y L.G.L.A., como tercero coadyuvante de la parte recurrente. Igualmente declaró INADMISIBLE la intervención del ciudadano F.A.O.O., y PROCEDENTE la medida cautelar, SUSPENDIENDO únicamente los efectos de la orden contenida en el numeral tercero de la parte dispositiva de la Resolución N° 120601-0356, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 01 de junio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 627 de fecha 22 de junio de 2012. Asimismo, se les informa que se podrá formular oposición contra la medida acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. Nº AA70-X-2012-000010

JMMS/pc

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