Decisión nº 84-2012 de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 25 de Julio de 2012

Fecha de Resolución25 de Julio de 2012
EmisorJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
PonenteYittza Yorley Contreras Barroeta
ProcedimientoPartición

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, veinticinco de julio de dos mil doce.-

Visto el Informe de Partición presentado en fecha 25 de mayo de 2012, por el Ingeniero J.A.M.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.239.533, inscrita en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 51.192, Partidor designado en la presente causa y Notificadas como han sido las partes del mismo, observa este Tribunal:

• Que en fecha 12 de mayo de 2011, los ciudadanos, C.E.C.M. y M.C.M., actuando en su nombre y en nombre de Eddyth S.C.O. y V.J.C.B. demandan por PARTICION a los ciudadanos José G, V.J.C.A., E.A. y Yetze.C.A., la cual fue admitida conforme a la ley.

• Por sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, mercantil, Transito, protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario del Estado Táchira, Declaró la Confesión Ficta de la parte demandada.

• En fecha 03 de febrero de 2012, se emplaza a las partes para el nombramiento del partidor, el cual fue debidamente juramentado y presentó el Informe Correspondiente.

Ahora bien, del Informe de Partición y Liquidación, presentado por el Ingeniero J.A.M.O., Partidor designado en la presente causa, se adjudican los bienes de la siguiente manera:

DEL SOBREVIVIENTE Y DESCENDIENTES:

C.E.C.M., M.C.M., Eddyth S.C.O., V.J.C.B., J.G.C.A., L.N.C.A., V.Y.C.A., E.A.C.A. y Yetze.C.A..

BIENES A REPARTIR:

BIEN 1.

  1. FUNDO MI RANCHITO, está ubicado en la carretera Norte Sur, Municipio G.d.H.d.E.T.. La propiedad del Inmueble pertenece a todos los herederos del Causante V.C.A., por compra efectuado al mismo, tal como se evidencia en el documento de compra-venta autenticado por ante la Notaria Pública de La Fría, Estado Táchira de fecha 01 de Septiembre del 2.009, inserto bajo el N°07, Tomo 55, Folios 30-37 del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaría; del documento de aclaratoria de linderos y medidas, autenticado por ante la Notaría Pública de La Fría, Estado Táchira de fecha 09 de Marzo de 2.010, bajo el N°34, Folios 108-111, Tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa Notaría y del contrato de arrendamiento signado con el N°43.654 del lote de terreno y del plano que conforma la extensión total de la Finca, autenticado el citado contrato de arrendamiento por ante la Notaría Pública de Seboruco, Estado Táchira de fecha 27 de Octubre del 2.009, bajo el N° 26, Tomo 40 del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaría. De acuerdo con el levantamiento topográfico efectuado, la superficie total de la finca es de CIENTO QUINCE HECTAREAS CON SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (115 Has con 6.898 M²) aproximadamente, correspondiendo éste valor a la sumatoria del área de los dos lotes de terreno. De acuerdo con el Levantamiento Topográfico efectuado al Fundo mencionado, según los documentos presentados y lo observado en sitio, los linderos actuales de los dos lotes del Fundo Mi Ranchito son los siguientes: PRIMER LOTE: Constante de 36 Has con 5.860 m², NORTE: Del vértice A6 al A1, con J.G., en una extensión de ochocientos cincuenta y ocho metros (858.oo mts), SUR: Del vértice A1 al A2, con carretera transversal Norte-Sur, en una extensión de mil doscientos cincuenta y ocho metros (1.258.00 mts), ESTE: Del vértice A1 en punta de reja, en una extensión de cero metros (0.00 mts), OESTE: Comprende los vértices del A2 al A6 con el Río Carira, en una extensión de novecientos treinta y seis metros (936,00 mts). SEGUNDO LOTE: Constante de 79 Has con 9.562 m², NORTE: Comprende los vértices 8,9,10 y 1 con la carretera Transversal Norte-Sur, en una extensión de mil seiscientos doce metros (1.612 mts), SUR: Vértice 6 en punta de reja, en una extensión de cero metros (0.oo mts), ESTE: Comprende los vértices 1 al 6 con C.C., en una extensión de mil quinientos ochenta y seis metros (1.586.oo mts), OESTE: Del vértice 6 al 8 con La Sucesión Luna, en una extensión de mil ciento treinta metros (1.130 mts).

    BIEN 2

  2. - Un lote de terreno propio con casa para habitación, adquirido por el Causante V.C.A., según Documento autenticado por ante el Juzgado del Distrito (hoy Municipio) G.d.H. bajo el N°468, Folios 268 al 270, de fecha 04 de Marzo de 1.988. Posteriormente como se evidencia en la Declaración Sucesoral elaborada en la Planilla Forma 32, debidamente presentada al departamento de Sucesiones del SENIAT en el expediente N°2010-599 de fecha 11 de Noviembre del 2.010 se adquirieron en Comunidad Sucesoral con la muerte del Causante antes mencionado, quien era padre y abuelo paterno. El mismo se encuentra ubicado en el Barrio La Libertad, de la población de Orope, Parroquia J.A.P.d.M.G.d.H.d.E.T..

    BIEN 3

  3. - Un vehículo que está a nombre del Causante V.C.A., el cual fue adquirido por el referido Causante, según Certificado de Registro de Vehículo Nº 2673405 del Ministerio de Transporte y Comunicaciones de fecha 08 de Agosto de 2.000, cuyas características se describen a continuación: CAMIONETA MARCA: FORD, MODELO: F-150, TIPO PICK-UP, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL CARROCERIA: AJF1DC226821, PLACA: 94YSAE, AÑO: 1.983, COLOR: NEGRO Y GRIS.

    BIEN N° 4

    El Bien está constituido por un lote de Ganado o semovientes compuesto animales de diversas características, categorías, razas, tamaño, sexo, estado y demás, los cuales se encuentran relacionados en el anexo correspondiente. Estos semovientes corresponden al ganado que forma parte del Patrimonio del Causante V.C.A. y que se encontraban en el precitado Fundo Agropecuario Mi Ranchito de acuerdo con Inventario efectuada a los mismos en fecha 22 de Junio de 2.011 por el Tribunal de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en acta firmada por el Comunero V.Y.C.A., a cuyo cargo estaba el Fundo junto con todas sus adherencias. Se dejó constancia en Acta, firmada por el encargado del Fundo para ese momento, Comunero V.Y.C.A., de la existencia de en el mismo de los siguientes animales: Uno (01) toro padrote, Veintinueve (29) vacas paridas, Once (11) vacas escoteras, Doce (12) becerros, diecisiete (17) becerras, Nueve (09) mautes, Veintisiete (27) mautas, Ocho (08) Novillas, Dos (02) caballos, Para un total de: Ciento Catorce (114) cabezas de ganado y dos equinos.

    ACTIVO.-

    De acuerdo con lo establecido en autos, el Activo, conformado por el 100% de los bienes contemplados en autos cuyo justiprecio actual, determinado por el avalúo que forma parte del presente informe asciende a la cantidad de: TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 3.177.440.oo)

    VALOR TOTAL DEL ACTIVO....................................Bs. 3.177.440.oo

    PASIVO.-

    Según lo establecido en autos del Expediente referido, tiene dos clases de Pasivo. Uno formado por una cuenta con el SENIAT por concepto de pago del Impuesto Sucesora, cuyo monto está variando permanentemente en razón de que los intereses sobre el monto no pagado, suben constantemente. De acuerdo con información suministrada por las partes, el monto original era de 13.000,oo bolívares aproximadamente, después subió a más de 20.000.oo Bolívares y para el día del pago no se sabe cuál será el monto. Esta es uno de los elementos que motivan recomendar al Tribunal sacar a venta en pública alguno o algunos de los bienes, al menos parcialmente si es el caso, a efecto de que la comunidad pueda pagar en primer lugar al Seniat, y en segundo lugar las cargas adicionales del presente Juicio.

    El otro elemento de pasivo lo constituyen los honorarios del Partidor reflejados taxativamente en el Artículo 57 de la Ley de Arancel Judicial vigente:

    Valor total de los honorarios…………………………………………...Bs. 45.274.40. Los anteriores honorarios se ajustan a Bs. 45.040,00

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 1

    Al ciudadano C.E.C.M., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 13.940.548, soltero, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: Una tercera parte (1/3) de los derechos y acciones en el lote de Terreno N° 1, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de cuatrocientos setenta y ocho mil treinta y tres metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (478.033,50mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NOR-ESTE: Con el lote de Terreno N° 2 adjudicado a Yetze.C., mide 719,09 mts. NOR-OESTE: Con la carretera Transversal Norte Sur, mide 527,69 mts; SUR-ESTE: Con el C.C., mide 576,66 mts; SUR OESTE: Con propiedades que son o fueron de la Sucesión Luna, mide 1.055,00 mts lote de terreno. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. El lote de terreno cuyos derechos y acciones que aquí se adjudican, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. el justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado es de TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ONCE CON 25/100 BOLIVARES (Bs. 361.711,25).

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 2:

    A la ciudadana MERCCEDES CASTELLANOS MEJIAS, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 5.445.086, soltera, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: Una tercera parte (1/3) de los derechos y acciones en el lote de Terreno N° 1, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de cuatrocientos setenta y ocho mil treinta y tres metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (478.033,50mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NOR-ESTE: Con el lote de Terreno N° 2 adjudicado a Yetze.C., mide 719,09 mts. NOR-OESTE: Con la carretera Transversal Norte Sur, mide 527,69 mts; SUR-ESTE: Con el C.C., mide 576,66 mts; SUR OESTE: Con propiedades que son o fueron de la Sucesión Luna, mide 1.055,00 mts lote de terreno. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. El lote de terreno cuyos derechos y acciones que aquí se adjudican, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. el justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado es de TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ONCE CON 25/100 BOLIVARES (Bs. 361.711,25).

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 3:

    A la ciudadana EDDYTH S.C.O., quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 17.496.426, soltera, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: Una Sexta parte (1/6) de los derechos y acciones en el lote de Terreno N° 1, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de cuatrocientos setenta y ocho mil treinta y tres metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (478.033,50mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NOR-ESTE: Con el lote de Terreno N° 2 adjudicado a Yetze.C., mide 719,09 mts. NOR-OESTE: Con la carretera Transversal Norte Sur, mide 527,69 mts; SUR-ESTE: Con el C.C., mide 576,66 mts; SUR OESTE: Con propiedades que son o fueron de la Sucesión Luna, mide 1.055,00 mts lote de terreno. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. El lote de terreno cuyos derechos y acciones que aquí se adjudican, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. el justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado es de CIENTO OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON 62/100 (Bs. 180.855,65).

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 4:

    Al ciudadano V.J.C.B., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 15.684.478, soltero, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: Una Sexta parte (1/6) de los derechos y acciones en el lote de Terreno N° 1, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de cuatrocientos setenta y ocho mil treinta y tres metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (478.033,50mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NOR-ESTE: Con el lote de Terreno N° 2 adjudicado a Yetze.C., mide 719,09 mts. NOR-OESTE: Con la carretera Transversal Norte Sur, mide 527,69 mts; SUR-ESTE: Con el C.C., mide 576,66 mts; SUR OESTE: Con propiedades que son o fueron de la Sucesión Luna, mide 1.055,00 mts lote de terreno. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. El lote de terreno cuyos derechos y acciones que aquí se adjudican, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. el justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado es de CIENTO OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON 62/100 (Bs. 180.855,65).

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 5:

    Al ciudadano J.G.C.A., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 14.808.972, soltero, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: El Lote de Terreno N° 4 junto con todas las mejoras, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de Ciento Cincuenta y Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados con Cincuenta Decímetros Cuadrados (159.344,50 mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: En parte con terrenos que son o fueron de J.G., mide 491,94 mts y en parte con la carretera Norte- Sur, mide 658,24 mts, terminando en punta reja en ambos extremos: SUR: En linea quebrada, en parte con el lote N° 3, adjudicado a V.J.C., mide 349,59 mts. Este Lindero por el Oeste termina en punta reja. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. El lote de terreno aquí adjudicado, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. El justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado es de TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ONCE BOLIVARES CON 25/100 (Bs. 361.711,25).

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 6:

    Al ciudadano L.N.C.A., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 20.369.119, soltero, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: El Lote de Terreno N° 5, junto con todas las mejoras, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de Ciento Cincuenta y Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados con Cincuenta Decímetros Cuadrados (159.344,50 mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: En parte con el lote N° 4, adjudicado a J.G.C., mide 349,59: SUR: Con el Lote N° 6 adjudicado a E.C., mide 841 mts; ESTE: Con la carretera Norte- Sur, mide 159 mts y OESTE: Con el Rio Carira, mide 332,26 mts. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. El lote de terreno aquí adjudicado, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. El justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado es de TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ONCE BOLIVARES CON 25/100 (Bs. 361.711,25).

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 7:

    Al ciudadano V.Y.C.A., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 18.720.335, soltero, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: El Lote de Terreno N° 3, junto con todas las mejoras, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Setenta y Seis metros cuadrados con veintinueve decímetros cuadrados (55.376,29 mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con el lote N° 4, adjudicado a J.G.C., mide 557,82, SUR: En línea Quebrada con el lote N° 2, adjudicado a Yetze.C., mide 717,60 mts; ESTE: Con el c.C., mide 96,80 mts y OESTE: Con la carretera Norte- Sur, mide 153,21 mts. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. También se adjudican las instalaciones construidas sobre éste lote de terreno consistentes en una vivienda principal con área de 336, 86 metros cuadrados, baños exteriores con área de 8,40 metros cuadrados, enramada para tractores con área de 27 metros cuadrados, deposito en vaquera con área de 79,05 metros cuadrados, vaquera con área de 174,00 metros cuadrados, manga y brete de dos lados con 26 metros lineales, techo de acerolit para manga con área de 41,60 metros cuadrados, embarcadero con muros y barandas en 6 metros lineales, corrales con baranda metálica y muro en 222,50 metros lineales. El lote de terreno aquí adjudicado, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. El justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado es de TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ONCE BOLIVARES CON 25/100 (Bs. 361.711,25).

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 8:

    Al ciudadano E.A.C.A., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 16.281.786, soltero, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: El Lote de Terreno N° 6, junto con todas las mejoras, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de Ciento Cincuenta y Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados con Cincuenta Decímetros Cuadrados (159.344,50 mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: En parte con el Lote N° 5, adjudicado a L.C., mide 546,01, SUR: Termina en Punta reja; ESTE: Con la carretera Norte- Sur, mide 856,18 mts y OESTE: Con el Río Carira, mide 604,60 mts. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. El lote de terreno aquí adjudicado, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. El justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado junto con las instalaciones es: TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ONCE BOLIVARES CON 25/100 (Bs. 361.711,25).

    CARTILLA DE ADJUDICACION Nº 9:

    A la ciudadana YEETZENIA CASTELLANOS AYALA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 20.369.118, soltera, con domicilio en la Fría, Municipio G.d.H., Estado Táchira, y civilmente hábil, se le adjudica en propiedad el siguiente bien inmueble: El Lote de Terreno N° 2, junto con todas las mejoras, propiedad del C.M.d.M.J., el cual forma parte del Fundo Mi Ranchito, con una superficie total de Ciento Cuarenta y Cinco mil Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro metros cuadrados con Setenta y Uno Decímetros Cuadrados (145.457,71 mts2) aproximadamente, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: En línea quebrada con el lote N° 3, adjudicado a V.C., mide 717,60 mts, SUR: Línea quebrada con el Lote N° 1, adjudicado en comunidad a Carlos, Mercedes, Eddyth y V.J.C., mide 719,09 mts, ESTE: Con el c.C., mide 328,70 mts y OESTE: Con la carretera Norte- Sur, mide 128,61 mts. En cuanto a las Coordenadas UTM, sistema Regven WS 84, las mismas se encuentran reflejadas en el plano de levantamiento topográfico, que se adjunta a la presente cartilla para ser agregados al Cuaderno de comprobantes. También se adjudica un lote de terreno propio ubicado en Barrio La libertad, casa sin número de la Población de Orope, Municipio G.d.H., con los siguientes linderos: FRENTE: mide 6 metros con calle Pública; FONDO: Igual medida con mejoras de D.Z.; LADO DERECHO: mide 8 metros con mejoras de Jaime Lizcano; LADO IZQUIERDO: con mejoras que son o fueron de una señora de nombre Pausolina, con una vivienda construida con paredfes de bloque trabado, techo en acerolit, pisos en cemento requemado, con una superficie de cuarenta y ocho metros cuadrados aproximadamente y con sala, comedor, cocina y una habitación sin baño. Este inmueble fue adquirido por el causante V.C.A., por documento N° 468, folios 268 al 270, autenticado por ante el Juzgado del Distrito G.d.H., el 04 de marzo de 1988. La vivienda tiene un Justiprecio total de TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA BOLIVARES (Bs. 31.530,00). En cuanto al lote de terreno perteneciente al Fundo MI Ranchito, aquí adjudicado, fue adquirido por documento de compra venta, autenticado por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 01 de septiembre de 2009, inserto bajo el N° 07, tomo 55, folios 30-37, del Libro de autenticaciones llevado por esa Notaria, con documento aclaratoria de linderos y medidas, autenticados por ante la Notaria Pública de la Fría, Estado Táchira, de fecha 09 de marzo de 2010, bajo el N° 34, Folios 108- 111, tomo 15 del libro de autenticaciones llevado por esa notaria y contrato de arrendamiento del terreno, signado con el N° 43.654, autenticado por ante la Notaria Pública del Seboruco, Estado Táchira, en fecha 27 de octubre del 2009, bajo el N° 26, tomo 40 del Libro de autenticaciones llevados por esa Notaria y el mismo era propiedad del Causante V.C.A., y fue relacionado en la declaración Sucesoral presentada al SENIAT, Expediente N° 2010-599, de fecha 11 de noviembre de 2010. El justiprecio total de los Derechos y Acciones sobre el lote de terreno adjudicado junto con las instalaciones es de TRESCIENTOS TREINTA MIL CIENETO OCHENTA Y UNO BOLIVARES CON 25/100, y el total de los bienes inmuebles adjudicados por la presente cartilla TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ONCE BOLIVARES CON 25/100 (Bs. 361.711,25).

    Ahora bien, el presente caso se trata de una Acción de Partición que fue admitida y tramitada conforme al procedimiento especial pautado en la disposición contenida en el artículo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.

    Que el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, establece:

    Presentada la partición al Tribunal, se procederá a la revisión por los interesados en el término de los diez días siguientes a su presentación. Si éstos no formularen objeción alguna, la partición quedará concluida y así lo declarará el Tribunal.

    Si entre los herederos hubiere mejores, entredichos, o inhabilitados, será necesaria la aprobación del Tribunal, previo un detenido examen de la partición.

    .

    En consecuencia, vencido como se encuentra el lapso para que los interesados formularen objeciones a la Partición presentada, sin que lo hayan hecho, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 785 ejusdem, declara CONCLUIDA LA PARTICIÓN. Y Así se Decide.

    Dada, firmada sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los veinticinco (25) días del mes de Julio de dos mil doce. Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación

    PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.

    ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA

    LA JUEZ

    ABOG. NELITZA CASIQUE MORA

    SECRETARIA

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