Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 20 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2012
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteRicardo Antonio Diaz Centeno
ProcedimientoDiferencia De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

En su nombre

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.

El Tigre, 20 de diciembre de 2012.

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-L-2010-000200

ASUNTO: BP12-L-2010-000200

N ° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2010-000200

PARTE ACTORA: CARLOS CHAURAN Y OTROS

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: L.R.Y.E.S., inscritas en el Inpreabogado bajo el nro. 54.304 y 137.959, respectivamente

PARTE DEMANDADA: PREMIUN FLUID SYSTEMS, S.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: R.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 66.934

TERCERO

PETROLERA SINOVENSA, S.A.

APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO: J.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 94.323

MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES.

El presente asunto, se inicia mediante demanda que incoaran los ciudadanos CARLOS CHAURAN, J.S., P.V., J.G.V.Y.R.P., , mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No.14.081.118, 12.504.818, 18.204178, 9821.119 y 9.816.270, en contra de la sociedad mercantil PREMIUN FLUID SYSTEMS, S.A., por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales; finalizada la fase preliminar del juicio, previa distribución hecha por la U.R.D.D., fue enviado el presente asunto a este Tribunal, cual le dio entrada, mediante auto de fecha 28 de febrero de 2012.

En esta misma fecha, las partes presentaron para su homologación acuerdo transaccional, suscrito por ambas en el cual acuerdan satisfacer todos y cada uno de los conceptos condenados, cuales han sido circunstanciados de manera detallada en el acuerdo cumpliendo con las previsiones del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo establecido en los artículos 10 y 11 del reglamento de dicha Ley. Observa el Tribunal, del contenido del acuerdo, que las partes de mutuo acuerdo fijan en la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00), para cada uno de los actores, cuyo pago se efectuará mediante tres (3) porciones para cada uno, de Bs. 16.666,66; constando de los autos que a la presente fecha se han pagado dos (2) de las tres porciones pagadas, quedando en consecuencia a pagara solo una de esas porciones para cada uno de los actores.

En atención a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, con sede en la Ciudad de El Tigre, H. el acuerdo transaccional presentado por las partes, en los mismos términos en los cuales fue expuesto.

Se acuerda mantener el presente expediente activo en el archivo general de este tribunal hasta tanto transcurra el lapso de cinco (5) días hábiles, dentro de los cuales las partes pudieran apelar en contra de la presente resolución; y vencidos dicho lapso se procederá a la terminación del presente asunto en el sistema juris 2000, y la remisión del asunto al archivo judicial.

Se extiende al acuerdo homologado los efectos de cosa juzgada, en los términos expresados.

D. copia certificada.

Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los 20 días del mes de diciembre de 2012.

El JUEZ TITULAR

ABG. R.D.C.

LA SECRETARIA

ABG. M.A.T.

En esta misma fecha, se agregó a los autos la anterior sentencia. Conste.

LA SECRETARIA

ABG. M.A.T.

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