Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de Merida (Extensión Mérida), de 4 de Agosto de 2008

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2008
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteAlbio Antonio Contreras Zambrano
ProcedimientoResoluciòn Contrato Arrendamiento

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, cuatro de agosto de dos mil ocho

198° y 149°

Recibida por distribución la presente demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por los ciudadanos C.A.J.S. y M.D.L.R.D.J., venezolanos, mayores de edad, comerciantes, titulares de las cédulas de identidad números V-3.658.379 y V-5.606.388, respectivamente, domiciliados en la ciudad de M.E.M. y civilmente hábiles, debidamente asistidos por los abogados en ejercicio S.A.M. y O.E.Á.S., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.038.864 y V-15.295.244, en su orden, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 74.489 y 127.203, respectivamente y jurídicamente hábiles, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL INMUEBLES Y REPRESENTACIONES C.A., inscrita inicialmente por ante el Registro de Comercio, llevado por la Secretaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el Nº 21, Tomo I, de fecha 13 de noviembre de 1.980 y modificada según Acta de Asamblea Extraordinaria del 28-12-2.000, inserta bajo el Nº 6, Tomo A-1 el 03-01-2.001, por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la persona del ciudadano V.M.D.U., venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-2.615.876, domiciliada en M.E.M. y civilmente hábil, en su carácter de Gerente y Representante Legal de dicha Empresa. Désele entrada, fórmese expediente y háganse las anotaciones estadísticas correspondientes, y el Tribunal por auto separado resolverá lo conducente.

EL JUEZ TITULAR,

A.C.Z.

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 09630. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

ACZ/SQQ/dsf.

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