Decisión nº 02 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de Sucre (Extensión Cumaná), de 18 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2012
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
PonenteGloriana Moreno Moreno
ProcedimientoCobro De Honorarios Profesionales

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Cumaná, 18 de Septiembre de 2012

202° y l53°

Vista la diligencia que antecede, presentada por el abogado en ejercicio J.A.G.P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.657, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas ELIS FUENTES Y B.F., por medio de la cual solicitó se libre oficio al Registro Público participando de la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar que recayó sobre el inmueble propiedad de sus representadas, y habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de dicha diligencia al respecto observa:

Por cuanto en fecha 22 de Mayo de 2.012, este Despacho Judicial dictó sentencia en la cual declaró procedente la oposición al decreto de la referida medida cautelar, cuya oposición fue planteada por la representación judicial diligenciante, y como quiera que el actor en esta incidencia se encuentra a derecho y por ende en conocimiento de la aludida resolución judicial, no habiendo éste ejercido el recurso de apelación, se acuerda el levantamiento de la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar, decretada por este Juzgado en fecha 18 de Enero de 2011, sobre un inmueble constituido por un lote de terreno, ubicado en la Calle “La Marina”, sector Plaza Bolívar, número catastral N° 19-08-01-01-002100, Parroquia Araya, Municipio C.S.A.d.E.S.; cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Que linda con construcción que es o fue del Sr. C.O., en Treinta y un metros con diez centímetros (31,10 mts); SUR: Que linda con terreno solicitado por el Sr. S.D., en Treinta y Un metros con Diez Centímetros (31.10 mts), ESTE: Que linda con casa que es o fue de la Sra. A.F., en Ocho Metros con Quince Centímetros (8,15 mts) y OESTE: Que linda con Calle “La Marina”, en Nueve Metros con Diez Centímetros (9,10 mts), con una superficie total de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS CENTIMETROS (267,82 MTS2), a cuyo inmueble hace referencia el documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 29 de Noviembre de 2005, inserto bajo el N° 43; Folios: 282 al 285; Protocolo Primero, Tomo Vigésimo Segundo, Cuarto Trimestre del año 2005.

LA JUEZ PROVISORIO.

Abg. G.M.M..

LA SECRETARIA ,

Abg. K.S.S.

Exp. 18.773

Auto

Materia: Civil

Motivo: Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales.

Partes: C.E.V.V.E.F. y B.F.

GMM/mamm

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