Decisión de Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 8 de Agosto de 2008

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2008
EmisorJuzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteAngel Eduardo Vargas Rodriguez
ProcedimientoSeparacion De Cuerpos

LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas 11 de Agosto de 2008

Años 198º y 149º

Visto el escrito y los recaudos presentados por los ciudadanos C.C.S.R. y G.R.L., mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V.- 15.440.189 y V.- 13.888.154 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado L.G.G. inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 106.695. En consecuencia, examinados como han sido los planteamientos de la solicitud, así como de los recaudos anexos a la misma; y habiendo sido exitados los solicitantes a la reconciliación, en esta misma fecha, conforme a las previsiones del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, quienes manifestaron no estar dispuestos a ello; y cumplidos los extremos de ley, este Tribunal conforme a lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES de los precitados cónyuges, haciendo la salvedad que toda liquidación voluntaria realizada con antelación a la disolución del vinculo matrimonial es nula y esta solo procede una vez ejecutoriada la sentencia que declare disuelto dicho vinculo, conforme a lo previsto en los artículo 173 y 186 del Código Civil. Así mismo el Tribunal acuerda expedir copias certificadas de la solicitud y del presente auto de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-

EL JUEZ

Dr. ANGEL E. VARGAS RODRIGUEZ

LA SECRETARIA

Abg. SHIRLEY CARRIZALES MENDEZ

LOS SOLICITANTES

EXP. 08- 5535

AVR/Ib

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