Decisión de Tribunal Vigesimo Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Caracas, de 18 de Abril de 2013

Fecha de Resolución18 de Abril de 2013
EmisorTribunal Vigesimo Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
PonenteAura María Trenard
ProcedimientoHomologación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, dieciocho (18) de abril de dos mil trece (2013)

202º y 154º

ASUNTO: AP21-L-2012-005120.

PARTE ACTORA: M.D.C.C.C..

PARTE DEMANDADA: DIA A DIA SUPERMERCADOS C.A.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Vista la Transacción Judicial que antecede y riela a los folios 46 al 49 de autos, pasa de seguidas esta Juzgadora a revisar el contenido de la misma, tomando en consideración el orden de presentación y el cúmulo de transacciones existentes en éste Juzgado para su revisión, la cual fue presentada por el ciudadano D.O., abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.489, apoderado judicial de la ciudadana M.D.C.C.C., parte actora en el presente juicio por una parte y por la otra el ciudadano EJORGE G.H., abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.482, actuando en su condición de apoderado judicial de la demandada DIA A DIA SUPERMERCADOS C.A., mediante el cual las partes dejan constancia de haber celebrado un acuerdo transaccional en fase de mediación con el animo de dar por terminado el presente juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, por cuanto la parte actora manifiesta haber recibido la suma acordada por ambas partes en la referida transacción mediante un (01) cheque librado contra el Banco Venezolano de Crédito distinguido con el número 65588759, por VEINTITRES MIL BOLIVARES (Bs.23.000,00), a nombre de la extrabajadora M.D.C.C.C., de fecha 05/04/2013, por los conceptos laborales reclamados de Antigüedad, Días Adicionales de Antigüedad, Intereses Generados sobre la Antigüedad, Vacaciones no Disfrutadas ni Pagadas, Bono Vacacional no Disfrutado ni Pagado, Utilidades año 2011, Pago del Beneficio de Cesta Ticket, Días Feriados, Indemnización conforme a la Ley del Régimen Prestacional del Empleo, Intereses Moratorios, Indemnización por Terminación de la Relación de Trabajo e Indexación, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte actora según se desprende de copia certificada de instrumento poder consignado a los folios 7 al 9 de autos y de la representación judicial de la parte demandada según se desprende de copia de Instrumento poder consignadas al expediente a los folios 33 al 40, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos de la extrabajadora M.D.C.C.C. le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, cuyo monto fue por VEINTITRES MIL BOLIVARES (Bs.23.000,00), de un monto inicialmente demandado de Bs.82.022.15, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el primer aparte del artículo 19 de la novísima Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por cuanto ambas partes manifiestan haber dado cumplimiento total a la transacción celebrada por ellos, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a la parte actora extrabajadora M.D.C.C.C..- Así se establece.-

La Juez

Abg. Aura María Trenard

El Secretario (a)

Abg. José Antonio Moreno

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