Sentencia nº 0175 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil de 25 de Febrero de 2008
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2008 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto ordenando remitir el expediente |
Exp. N° AA20-C-2003-000907
Caracas, 25 de febrero de 2008. Años 197º y 149º.
En fecha 10 de diciembre de 2007, fue recibido de la Secretaría de la Sala Constitucional, expediente contentivo del juicio por cobro de bolívares seguido por C.L. BECERRA MORALES Y OTRA contra PETROLAGO, C.A., y por cuanto se observa que la remisión está sustentada en el conocimiento que tuvo esta Sala de Casación Civil del avocamiento que interpusieran los abogados JOSÉ ENRIQUE D´APOLLO y A.L.D. en representación de PETROLAGO, C.A. que cursó en el expediente signado con el N° AA20-C-2003-00907, y en razón a que dicha causa fue decidida mediante sentencia N° 311 de fecha 15 de abril de 2004 y los expedientes solicitados, en su oportunidad se remitieron a los tribunales correspondientes, este Juzgado de Sustanciación ordena remitir éste al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, anexándole copia simple del mencionado fallo.
La Presidenta de la Sala,
__________________________
Y.A. PEÑA ESPINOZA
El Secretario,
__________________________
ENRIQUE DURÁN FERNÁNDEZ
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