Decisión de Juzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 4 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2012
EmisorJuzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteBella Dayana Sevilla Jimenez
ProcedimientoAcción Mero Declarativa De Concubinato

N° Expediente : AH1C-F-2007-000153 N° Sentencia : Fecha: 04/05/2012 Procedimiento:

Acción Mero Declarativa De Concubinato

Partes:

C.V.T.

Resumen:

este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que por : ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, sigue la ciudadana C.V.T., debidamente identificada en el encabezado del presente fallo. Por la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil

Juez/Ponente:

Bella Dayana Sevilla Jimenez

Organo:

Juzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito ----VLEX---- TSJ Regiones - Decisión .clase{ font-family:Times New Roman; font-size:13pt; } function centrar(width,height) { window.resizeTo(800,600); window.moveTo(Math.round(screen.width/2)-width/2,Math.round(screen.height/2)-height/2); }

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, 4 de mayo de 2012 202º y 153º ASUNTO: AH1C-F-2007-000153 SOLICITANTE: C.V.M., venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 2.992.905. APODERADO JUDICIAL DE LA SOLICITANTE: S.A.G.H. abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.255. MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO. SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.- I ANTECEDENTES Conoce este Tribunal por libelo de demanda presentado en fecha 28 de Mayo de 2007, el juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, presentado por la ciudadana C.V.T., antes identificada. En fecha 01 de junio de 2007, la parte actora consigno los documentos fundamentales de la acción. En fecha 02 de julio de 2007, se dicto auto mediante el cual se admitió la presente demanda, ordenándose el emplazamiento de los herederos conocidos y desconocidos del ciudadano A.M.S., librándose en esa misma fecha el edicto respectivo. En fecha 09 de octubre de 2007, se dicto auto mediante el cual se aboco al conocimiento de la presente causa el Dr. F.Q.M.. En fecha 16 de abril de 2012, se aboco al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra la Juez que suscribe II MOTIVACIÓN PARA DECIDIR Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a hacerlo toma en cuenta las siguientes consideraciones: Al respecto, el primer aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece: Artículo 267 “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año s

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