Decisión nº 052-2015 de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. Extensión Mérida de Merida (Extensión Mérida), de 28 de Abril de 2015

Fecha de Resolución28 de Abril de 2015
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. Extensión Mérida
PonenteMaría Carolina Sánchez
ProcedimientoDesistimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida

Mérida, martes veintiocho (28) de abril de dos mil quince (2015)

205º y 156º

ACTA DE DESISTIMIENTO

DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO: LP21-L-2015-000054

PARTE ACTORA: Ciudadana C.Y.M.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 10.104.399.

ABOGADA APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE: N.J.C.T., inscrito en el Inpreabogado bajo los No. 91.089 y otros.

PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo PANADERIA, PASTELERIA Y LUNCHERIA DIANJOSIBETH Inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 29 de mayo del año 2014, bajo el Nº 9, tomo 107-A representada legalmente por el ciudadano , J.O.C.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.147.742, en su condición de Presidente de la referida entidad trabajo.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, martes veintiocho (28) de abril de dos mil quince (2015), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por si ni por medio de apoderado judicial debidamente acreditado para el presente juicio, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez,

Abg. M.C.S.Q.. La Secretaria,

Abg. Y.G.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR