Decisión nº 0053-2010 de Juzgado Decimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 15 de Abril de 2010

Fecha de Resolución15 de Abril de 2010
EmisorJuzgado Decimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteAna Avila
ProcedimientoPrestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen y el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, quince (15) de Abril de 2010

199º y 150º

ASUNTO: VP01-L-2010-000760

Revisada como ha sido el acta transaccional de fecha ocho (08) de Abril de 2010, la cual se da por reproducida en esta acta, donde comparecieron la ciudadana C.A., mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad numero 9.712.174 debidamente asistida por el abogado en ejercicio M.R. en su carácter de parte actora y la ciudadana K.C. venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 94.267, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil LABORATORIOS KIMICEG C.A., parte demandada, donde las partes, de mutuo acuerdo han convenido en celebrar una transacción, con el fin de dar por terminada la presente causa, por cuanto es beneficioso para ambos, conviene en que la Sociedad Mercantil LABORATORIOS KIMICEG C.A., le cancele a la ciudadana C.A., la cantidad de VEINTITRES MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.23.000,00), por los conceptos estipulados en la cláusula QUINTA, dinero entregado en el acto mediante cheque número 001503187, girados en contra de la entidad bancaria BANCO EXTERIOR, a nombre de la ciudadana C.A.T., de fecha veintiséis (24) de Marzo de 2010, cubriendo así el monto total de lo establecido en la transacción, este Tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena archivar el expediente. Expídase copias certificadas a las partes.

LA JUEZ

ABG. ANA ÁVILA.

LA SECRETARIA.

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