Decisión nº 98INTERLOCUTORIA de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Zulia (Extensión Maracaibo), de 23 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
PonenteCarlos Rafael Frías
ProcedimientoDivorcio Ordinario

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-

Maracaibo, Veintitrés (23) de Noviembre de 2007.-

197º y 148º

Visto el escrito presentado en fecha Trece (13) de Noviembre del presente año, por el ciudadano J.E.J.D., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 5.741.535, parte demandada en el juicio que por DIVORCIO ORDINARIO sigue en su contra la ciudadana C.I.S.D.J., asistido por el abogado en ejercicio J.G.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 5.987, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, y por cuanto en fecha Quince (15) de Marzo de año 2004, se dictó sentencia en la que se declaro extinguido el proceso de divorcio, en consecuencia se suspende la Medida de Embargo Preventivo decretada por este Juzgado en fecha Veinte (20) de Abril del año 2001 y que recayera sobre: 1) un vehiculo marca: mitsubishi, modelo: MF, año: 1991, anteriormente color gris, luego color negro y actualmente color blanco, placas: VAT-051, , serial de carrocería: VBELE33ASRMO676, serial de motor: LY4194, 2) el 50 % de las cantidades de dinero contenidas en la cuenta de ahorro del Banco Provincial signada bajo el Nro. 0047-0200039358 y de la cuenta de ahorro del Banco Interbank signada bajo el Nro. 0034367162, 3) el 50 % de las prestaciones sociales acumuladas del ciudadano J.E.J.D., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 5.741.535, como Oficial de T.T.d.M.d.T. y Comunicación del Ejecutivo Nacional.- Asimismo se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha Veintiocho (28) de Enero del año 2004.- Ofíciese.-

El Juez Provisorio,

Abog. C.R.F..-

La Secretaria,

M.R.A.F..-

En la misma fecha se oficio bajo el número: 0795-2007.-

La Secretaria,

M.R.A.F..-

CRF/vane.-

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