Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión Mérida), de 25 de Abril de 2007

Fecha de Resolución25 de Abril de 2007
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteNelson José Torrealba Angel
ProcedimientoCambio De Medida Por Una Menos Gravosa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida

Mérida, 25 de Abril de 2007

197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2007-001733

ASUNTO : LP01-P-2007-001733

Corresponde a este tribunal pronunciarse en relación al escrito presentado por el abogado IAD KOTEICHE ATLLAH, defensor del ciudadano C.A.N.N., mediante el cual pide que se le cambie la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial de libertad de fianza personal que le fue decretada e su patrocinado, por presentaciones cada treinta (30) días; así pues, este tribunal para decidir observa:

En fecha 22 de abril de 2007, se celebró audiencia de calificación de flagrancia en la presente causa, emitiéndose entre otros pronunciamientos, “…con respecto a C.N.N., se le establece FIANZA PERSONAL, conforme lo previsto en el artículo 258 del COPP, ya que se observa que dicho ciudadano tiene pendiente otra causa en fase investigativa, en la que cursa un reconocimiento en rueda de individuos solicitado por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, siendo que dicho acto está pautado para celebrarse el día martes 24-04-07, y se hace necesaria su comparecencia al mismo. Por tanto su libertad se materializará una vez que presente y sean aprobados los recaudos de dos fiadores que reúnan los requisitos exigidos en la ley…”

De tal manera que con relación a C.A.N., se aprecia que no le fue acordada la misma medida cautelar sustitutiva que fue establecida al restante de los imputados (presentaciones y prohibición de salir del estado Mérida), en vista de que esta persona tenía prevista la realización de un Reconocimiento en Rueda de Individuos en otra causa seguida por ante este tribunal bajo el N° LP01-P2-007-001734.

Ahora bien, vistas las resultas del referido reconocimiento, celebrado el día de ayer 24-04-07, en la que el ciudadano C.A.N.N., resultó no ser reconocido por el testigo reconocedor de ese caso como autor o participe de los hechos investigados en el mismo, pues considera el tribunal que tal situación cambia o hace variar en forma importante las circunstancias bajo las cuales el precitado imputado no se hizo acreedor de la misma resolución de los otros involucrados.

Por tanto, y tomando como fundamento jurídico el principio de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 2644 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del estado Mérida en funciones de Control N° 2, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, acuerda sustituir la medida cautelar sustitutiva de Fianza Personal establecida en su momento en contra del ciudadano C.A.N.N., por una menos gravosa, consistente en presentaciones cada treinta (30) días por ante éste tribunal y prohibición de salir del estado sin autorización del Tribunal; así se decide; notifíquese a las partes y ofíciese al Retén Policial, a los fines de que el mencionado imputado sea trasladado el día jueves (26-04-07) a las nueve de la mañana (9:00 a.m), a objeto de ser impuesto de lo decidido. Cúmplase.

EL JUEZ DE CONTROL N° 2

ABG. N.J. TORREALBA A.

LA SECRETARIA

En fecha ___________, se cumplió con lo ordenado bajo los Nros. ____________________________.-

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