Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Laboral de Miranda, de 10 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2011
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Laboral
PonenteAdolfo Hamdan Gonzalez
ProcedimientoPrestaciones Sociales

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, lunes, diez (10) de octubre de 2011, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa por cobro de Prestaciones Sociales seguida por el ciudadano L.F.P.P. Titular de la Cédula de Identidad N°.6.456.837 contra la empresa CAUFER SERVICIOS AMBIENTALES, C.A. y ALCALDÍA MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado J.V.Á., inscrito en el inpreabogado bajo el N° 33.282 contra el fallo de fecha 07 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1765-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada, abogado J.V.Á. inscrito en el inpreabogado bajo en el N°.33.282. Así mismo se deja expresa constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte demandante, abogada E.D. inscrita en el inpreabogado bajo el N°.51.175 Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano A.H.G., Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada abogado J.V.Á. inscrito en el inpreabogado bajo en el N°.33.282 y cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte actora, abogada E.D., cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Acto seguido, se le otorgó el derecho a réplica a los apoderados judiciales de las partes, quienes hicieron uso del mismo, lo cual quedo grabado en el material audiovisual. Concluida las exposiciones de la parte, el ciudadano Juez, conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejó expresa constancia que se acogería al lapso de sesenta (60) minutos, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la Sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió, a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado J.V.Á., inscrito en el inpreabogado bajo el N° 33.282 contra el fallo de fecha 07 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques. SEGUNDO: Se declara la solidaridad entre empresa CAUFER SERVICIOS AMBIENTALES, C.A. y ALCALDÍA MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguida por el ciudadano L.F.P.P. Titular de la Cédula de Identidad N°.6.456.837 contra la empresa CAUFER SERVICIOS AMBIENTALES, C.A. y ALCALDÍA MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA en consecuencia, se condena a la parte demandada al pago de los conceptos por prestación de antigüedad, intereses sobre prestación de antigüedad, utilidades fraccionadas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional, indemnizaciones por despido y sustitutiva de preaviso y salarios caídos, Así mismo, se condena el pago de intereses de mora, computados desde la fecha de terminación de la relación laboral hasta el auto que decrete la ejecución, conforme a lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela e indexación calculada desde la fecha de la notificación de la demanda, hasta el auto que decrete la ejecución, cuyos últimos dos conceptos mencionados serán realizados por el Tribunal a quien corresponda la ejecución CUARTO: SE CONFIRMA el de fecha 07 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques. Así mismo, se deja expresa constancia que esta Alzada revisará la cuantificación de los montos correspondientes a los conceptos laborales condenados por el Tribunal aquo. CUARTO: SE CONDENA el 10% de las costas, a la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro conforme a la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, por haber quedado vencida ante esta instancia. Con respecto a la resultas del juicio, no hay condenatoria en costas. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente al de hoy y será a partir de la publicación de dicha decisión y previa notificación al Sindico Procurador del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman

A.H.G.

EL JUEZ SUPERIOR

EDINET VIDES ZAPATA

LA SECRETARIA

APODERADO JUDICIAL

DE LA ALCALDÍA MUNICIPIO

GUAICAIPURO.

APODERADA JUDICIAL DE LA

PARTE ACTORA

EXP. 1765-11

AHG/EVZ*

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