Decisión de 2do. Ejecutor De Medidas De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorry. de Aragua, de 2 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
Emisor2do. Ejecutor De Medidas De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorry.
PonenteEumelia María Velazquez Marcano
ProcedimientoCobro De Bolivares

En el día de hoy, dos de Mayo del año dos mil seis, siendo las 2:30 de la tarde se trasladó y constituyó el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y M.B.I. delE.A., a fin de practicar medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Juzgado de los Municipios J.G.R. y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con motivo del juicio que por Cobro de Diferencia por Derechos Laborales sigue el CIUDADANO C.S.C. contra la empresa SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD LA VUELTOSA ( SERPRISEV C.A.) en, compañía del actor ciudadano SANCHEZ CHAVE CAYO, titular de la Cédula de Identidad N° E- 81.340.726, asistido por el Abogado RUTH BEXABEL R.C., Inpreabogado N° 94.095, a la sede del Banco Provincial, ubicado en la Avenida 19 de Abril entre calle Rivas y Prolongación bulevar P.A., Maracay Estado Aragua, notificando de la presente medida a una persona que se identificó como NUÑEZ DE PERAZA YELIKA CHIQUINQUIRA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.446.961, quien manifestó ser la Directora de Oficina. De inmediato el actor, antes identificado asistido por su abogado expone: Señalo al tribunal la cuenta corriente N° 01080361660100017249, perteneciente a la empresa demandada Servicios Privados de Seguridad La Vueltosa C.A., ( SEPRISEV C.A.) para ser embargada Ejecutivamente por la cantidad decretada por el Juzgado de la causa. En este estado el Tribunal le solicito a la representación de la entidad Bancaria informe si la cuenta indicada pertenece a la empresa demandada SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD LA VUELTOSA C.A. ( SERPRISEV C.A.) y si tiene fondos o saldo suficiente para la práctica de la medida de embargo decretada por el Juzgado de la causa. En este estado la ciudadana notificada expone: La cuenta pertenece a la empresa demandada SERPRISEV C.A. y tiene disponibilidad para cubrir la medida decretada. El Tribunal declara embargada Ejecutivamente la cantidad de Bs. 922.097,00, y le solicita a la ciudadana notificada expida cheque de Gerencia por la cantidad embargada, a nombre del Tribunal de la causa. De inmediato la Ciudadana notificada hace entrega al Tribunal del cheque de gerencia solicitado N° 00144912, por la cantidad de Bs. Por la cantidad de Bs. 922.097,00, de la cuenta corriente N° 0108-0081-18-0900000016 del Banco Provincial. El Tribunal da por recibido el cheque de gerencia consignado por la notificada, y ordena remitirlo a la brevedad posible junto con la comisión al Tribunal de la causa, cumplida su misión se regresa a su sede habitual siendo las 4:00 de la tarde. Terminó, se leyó y conformes firman. Todo lo enmendado vale.-

EL JUEZ,

ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.

EL ACTOR Y SU ABOGADO ASISTENTE.

(Fdo)

LA CIUDADANA NOTIFICADA

(Fdo.)

LA SECRETARIA,

L.J.F.

(FDO.)

C-53-2006

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