Decisión de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en La Víctoria de Aragua, de 18 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en La Víctoria
PonenteEumelia María Velazquez Marcano
ProcedimientoObligación De Manutención

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

La Victoria, 18 de Mayo de 2.010

200° y 151°

EXPEDIENTE 223

DEMANDANTE C.H.

DEMANDADO C.A.O. GUEVARA

MOTIVO OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN A FAVOR DE B.P. OROPEZA RNANDEZ

(SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA)

Por recibido cheque de gerencia N° 55126932 del Banco Mercantil, remitido por la empresa UPS de Venezuela a este Tribunal por la cantidad de DIECISEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON 48/100( Bs. 16.791,48 monto correspondiente a la retención ordenada al 50% de las prestaciones sociales del ciudadano C.A.O., titular de la Cédula de Identidad N° 6.471.317 quien fuera retirado de dicha empresa y cuyo monto ha sido afectado en este proceso. Dicha cantidad se encuentra depositada en la cuenta corriente de este Despacho en el Banco Bicentenario como consta de planilla N° 20192659 de fecha 17/12/2009.-

Este Tribunal, en uso de las facultades que le confiere de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), ordena:

PRIMERO

El deposito de dicha cantidad en la cuenta de ahorros N° 0007-0087-86-0060303575, aperturada en el Banco Bicentenario a nombre del(os) beneficiario(s) ****, representado(s) por su progenitora C.H., titular de la cédula de identidad N° 9.995.902.--------------

SEGUNDO

Se fija la cantidad de Bs. 200,oo mensuales por concepto de pensión alimentaria.-----

TERCERO

Se fija una Cuota Especial en el mes de Agosto por la cantidad de Bs. 500,oo por concepto de gastos de útiles escolares, --------------------------------------------------------------

CUARTO

Se fija una Cuota Especial en el mes de Diciembre por la cantidad de Bs. 500,oo por concepto de gastos navideños-------------------------------------------------------------------------

QUINTO

Queda autorizada la ciudadana C.H., ya identificada, para efectuar los retiros correspondientes a cada mes hasta agotarse el monto depositado. Igualmente le sea entregado el remanente y los intereses que se generen por el mismo-------------------------------

LA JUEZA PROVISORIA

ABG. EUMELIA VELÁSQUEZ LA SECRETARIA

ABG. JHEYSA ALFONZO

EV/JA/ea/EXP N° 223

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