Decisión de Sala Duodécimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 1 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2008
EmisorSala Duodécimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteSara Guardia Soto
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, nacional y de Adopción Internacional.

Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 12

Caracas, Primero (01) de Diciembre del año dos mil ocho (2008)

198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-017303

Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio cuatro (04) del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos J.A.C.F. y J.A.C.V., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-10.522.042 y V-18.905.086, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al niño, de un (01) año de edad, hijo del De Cujus J.A.C.F., quien en vida era titular de la Cédula de Identidad No. V-17.692.514, quien falleció en fecha siete (07) de septiembre del año 2008; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.

Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.

LA JUEZ,

DRA. S.G.S.

LA SECRETARIA,

ABG. A.M.

SGS//AM//

Motivo: Título de Únicos Universales y Herederos.

Asunto: AP51-S-2008-017303

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