Resolución mediante la cual se regula a todos los buques de cerco, clase 4 a 6 y de palangre de más de 24 metros de eslora de bandera de la República Bolivariana de Venezuela que pesquen atunes Aleta Amarilla, Patudo y Barrilete, en la zona comprendida entre el litoral de las Américas y el meridiano que en ella se indica, aplicables para el año 2014.

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