Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 6 de Junio de 2014

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoQuerella Funcionarial

TRIBUNAL SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, seis (06) de Junio de dos mil catorce (2014).

203° y 155°

Vista la diligencia de fecha 04 de Junio de 2014, suscrita por la ciudadana N.A. GUDIÑO CARDONE, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.238, en su carácter Sindica Procuradora del MUNICIPIO F.L.A.D.E.A. mediante la cual consigna diligencia en la cual señala: “…Omissis… a los fines de dejar constancia que en fecha 30 de Mayo del 2.014, se procedió a cancelar el complemento de pago de salario dejados de percibir desde el mes de Noviembre del año Dos Mil once (2.011), hasta el veinticinco (25) del mes de octubre de año Dos Mil Doce (2012) … el ciudadano C.M.C., titular de la cédula de identidad N° V-13.869.184, según cheque N° 040003454...Omissis.. Esta Alcaldía solicita ante este d.T. se sirva cerrar el Expediente Judicial …”. Este Tribunal a los fines de proceder con el cierre definitivo con el expediente, considera necesario Notificar al ciudadano C.M.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.679.812, a los fines que informe a este Tribunal Superior, si efectivamente recibió el mencionado cheque de Gerencia girado a su favor, esto es, el pago de salario dejados de percibir desde el mes de Noviembre del año Dos Mil once (2.011), hasta el veinticinco (25) del mes de octubre de año Dos Mil Doce (2012) y que si fue debidamente reincorporado al cargo de Coordinador I, de la Dirección de Vivienda de dicha Alcaldía. Una vez que conste en autos dicha información por parte del querellante, este Tribunal procederá al cierre definitivo del presente expediente y su posterior remisión al archivo Judicial Regional del Estado Aragua. Cúmplase. Líbrese oficio de Notificación.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEIDYN A.R..

Asunto DE01-G-2009-000022 (9553)

MGS/retv

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