Decisión de Juzgado Superior Civil y Mercantil de Monagas, de 10 de Junio de 2011

Fecha de Resolución10 de Junio de 2011
EmisorJuzgado Superior Civil y Mercantil
PonenteJosé Tomas Barrios Medina
ProcedimientoTransaccion

EXP. Nº 10.864

ASUNTO: TRANSACCIÓN ____________________________________________________________

En el día de hoy, ocho de junio (08 ) de Junio de 2011, comparece por ante este Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. y E.Z.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, los Ciudadanos: La abogada en ejercicio M.B.D.R., identificada con la cédula de identidad número V-2.640.140 inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 57.071; de este domicilio; en su condición de Apoderada Judicial de la parte DEMANDANTE; representada por los ciudadanos: J.C.P., venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-470.831, de este domicilio; quien a su vez está representado por la ciudadana MELYS B.P.G., venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión docente, identificada con la cédula de identidad número V-3.700.267, según Poder General de Administración y Disposición, otorgado por ante la Notaría Pública Segunda de Maturín en fecha 12 de Mayo de 2.005, anotado bajo el Nº 29, Tomo 51 de los Libros de Autenticaciones llevados en esa Dependencia; por una parte, y por la otra, la abogada en ejercicio J.I., cédula de identidad número V-14.012.670;e inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 100.679, en su condición de Apoderada Judicial del ciudadano J.A.G., cédula de identidad número V-5.027.424; quienes tienen la condición de parte DEMANDADA en el presente JUICIO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE ENTREGA DE INMUEBLE ARRENDADO, cuyo expediente es el número 10.864; a los fines de exponer: Las partes del presente proceso, de común acuerdo y haciéndose reciprocas concesiones de conformidad con la relación contractual establecida en el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, documento fundamental de la presente acción, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Maturín, de fecha siete de Mayo del año 2.007, inserto bajo el Nº 38, Tomo 42, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, el cual tenía como objeto, de acuerdo con la cláusula primera: “Ceder en arrendamiento una casa destinada para comercio, propiedad de la parte DEMANDANTE, distinguida con el número 304, situada en la avenida Orinoco, Maturín, Municipio Maturín, del Estado Monagas, y un Fondo de comercio, que gira en esta ciudad de Maturín bajo la denominación “BAR RESTAURANT LOS CÉSAR”, identificado con el Registro de Información Fiscal (RIF) Nº V-004708314, que funciona en el antes mencionado inmueble, y el cual se encuentra inscrito en el Registro Mercantil llevado por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas, bajo el Nº 51, Folios 114 al 115, del Libro de Registro de Comercio, Tomo I habilitado, llevado por ante el precitado despacho durante el año de 1.978; dicho Fondo de Comercio está dotado de una licencia para Expendio de Licores distinguida con el Nº 091-C-027; Igualmente forma parte de este contrato el mobiliario y equipos con que está dotado el inmueble objeto del contrato y los cuales se detallan en inventario levantado a tal efecto, debidamente firmado por las partes, el cual se da aquí por reproducido. Han convenido en celebrar una Transacción que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: EL DEMANDADO, acepta realizar la entrega del inmueble objeto del presente contrato, totalmente desocupado, libre de objetos y personas en un lapso no mayor de noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de la presentación del presente escrito por ante el Tribunal. SEGUNDA: EL DEMANDADO, se obliga a entregar a la parte DEMANDANTE, simultáneamente con la entrega del inmueble, todas las solvencias de los servicios por con concepto de: agua, electricidad, aseo domiciliario y cualquier otro servicio que se le prestare al inmueble objeto de este contrato. TERCERA: EL DEMANDADO, se obliga a entregar en el momento de la entrega del inmueble las solvencias del pago por concepto de Patente de Industria y Comercio, y/o cualquier otro impuesto, tasa o contribución que afectare el fondo de comercio que forma parte de la relación contractual. CUARTA: Las partes convienen y aceptan que el DEMANDADO, asume la deuda que EL FONDO DE COMERCIO “BAR RESTAURANT LOS CÉSAR”, mantiene con el SENIAT desde el año 2.007, fecha en la cual se dio inicio a la relación contractual que nos ocupa, y cuyo expediente está identificado con el número 09/00559, por concepto de la Imposición de Sanción, bajo el número GRTI/RNO/DF/2015/2009/05500; en consecuencia, el demandado-arrendatario se obliga a establecer con el SENIAT un convenio de Pago hasta la total cancelación de la deuda; por lo que en el momento de la entrega del inmueble deberá hacer entrega del convenio de pago hecho con el SENIAT de manera de ser agregado al expediente. QUINTA: Las partes convienen y aceptan que el inventario de bienes será entregado de la siguiente manera:

CANT DESCRIPCION SI NO OBSERVACIONES

12 Mesas Pequeñas (2 de Hierro 10 de Formica) X Serán sustituidas por 25 mesas de metal

36 Sillas con Estructura de Hierro y Formica X Serán sustituidas por 100 sillas de hierro y madera

1 Cava Vitrina con 06 puertas marca INVITRIL X Se compromete a ponerla a funcionar para la entrega

1 Cocina a Gas marca VULCAN X Se comprometa a hacerle mantenimiento (pintura y funcionamiento)

1 Vitrina de Madera forrada en formica con espejo y 6 armarios para las bebidas X Hacerle mantenimiento

1 Fregadero forrado con formica / 5 gavetas y 1 ponchera de metal X Esta mejorado. Forrado con cerámica. Arreglar las gavetas

1 Salón principal: piso de vinil; cielo de raso; paredes de bloques X Piso está nuevo. Se pintarán las paredes y reparará el techo raso

2 ventanas de hierro y marco de hierro x Están mejoradas porque se le colocaron vidrios.

2 puertas de madera de 2 hojas X La puerta principal de madera fue sustituida por una de metal y la otra está acondicionada con un vidrio por la parte exterior

2 puertas de hierro de 1 hoja c/u X ESPACIO INUTILIZADO

2 puertas de madera con cavidad en el centro X Se compromete a realizar la reparación necesaria.

4 columna de concreto forrado con formica X Se encuentran forradas con madera.

2 Salas de baños: pocetas blancas y lavamanos 8 pequeños con pisos de baldosa, cielo raso, ubicado en el salón principal X

ESPACIO INUTILIZADO

1 Urinario de concreto forrado con baldosa blancas y puertas de hierro X

ESPACIO INUTILIZADO

1 Barra de concreto y granito blanco con puerta de madera forrada con formica X Se compromete a hacerle mantenimiento a la puerta.

1 Tapa de barra de madera forrada con formica X Reponer la tapa.

9 Bancos de hierro con tapas de madera forrado con formica X Se compromete a repararlos y colocarles las tapas de madera.

1 Extinguidor de incendios marca KIDDE ABC X En buenas condiciones de funcionamiento.

1 Salón posterior: pisos de cemento gris, techo de zinc sin cielo raso X Se compromete a reparar el piso.

6 Habitaciones laterales: con puertas y ventanas de madera respectivas y telas metálicas X En la 1era habitación la puerta de madera fue sustituida por una de metal. El resto de las puertas deben de ser reparadas y a las ventanas se le colocarán las telas metálicas.

10mts2 De cielo raso en una de las habitaciones X ESPACIO INUTILIZADO

1 Fregadero y 1 lavandero de concreto X ESPACIO INUTILIZADO

1 Baño en el salón posterior con pocetas blancas y lavamanos; con fregadero y 1 lavandero de concreto X

Se debe de reparar la puerta del baño.

10mts2 De cielo raso en la cocina X Se compromete a colocarlo.

1 Fachada principal: piso de cemento y techo de zinc y de hierro X Debe de ser reparado el piso y pintarse la fachada.

2 Mostradores de concreto armado y chimenea Esta parte está en posesión de la hermana de la representante del arrendador.

1 Gabinete lava plato de 2 puertas y 1 gaveta forrada con formica X Esta parte está en posesión de la hermana de la representante del arrendador.

1 Despensa de concreto con 2 puertas pequeñas de madera forradas con formica X Esta parte está en posesión de la hermana de la representante del arrendador.

1 Puerta de madera de 106 x71cmts forrada con formica Esta parte está en posesión de la hermana de la representante del arrendador.

1 Aviso Luminoso en la parte superior de la facha principal alusivo al fondo de comercio Arrendado X Debe de colocarse en la puerta del negocio el que está disponible

5 Cajas (vacios) de polarcita X ESPACIO INUTILIZADO

20 Cajas (vacios) de brahama X ESPACIO INUTILIZADO

1 Lava Platos X Se debe colocarle la grifería.

1 Mesón de concreto armado en el área de la cocina forrado con vinil y baldosas blancas X

ESPACIO INUTILIZADO

1 Puerta de hierro sin vidrios, cerraduras X

ESPACIO INUTILIZADO

1 Armario para asar pollos X Esta parte está en posesión de la hermana de la representante del arrendador.

SEXTA

El demandado se obliga a entregar el pago de los cánones de arrendamiento vencidos desde el mes de marzo de 2.011 hasta la fecha de entrega del inmueble; los cuales están siendo consignados por ante el Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. y E.Z.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. SÉPTIMA: EL DEMANDADO, acepta que el incumplimiento de las obligaciones contraídas en la presente Transacción se considerará como una deuda de plazo vencido y se constituirá en Título Ejecutivo para ejercer el cumplimiento de la misma; y en cuanto a la entrega del inmueble la parte actora podrá ejercer la acción forzosa de entrega del mismo. Ahora bien, en virtud de la siguiente transacción, todas las partes manifiestan su total conformidad con la misma, en consecuencia, a fin de que surta todos los efectos de Ley solicitamos que de conformidad con lo previsto en el articulo 1.718 del Código Civil, el Ciudadano Juez Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. y E.Z.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, le imparta la correspondiente HOMOLOGACION y ordene el archivo del expediente, una vez conste en los autos LA ENTREGA DEL INMUEBLE, LA REPOSICIÓN DEL INVENTARIO DE BIENES MUEBLES, LAS SOLVENCIAS DE LOS IMPUESTOS TANTO NACIONALES COMO MUNICIPALES y la cancelación total de la deuda que el demandado mantiene con el SENIAT; así mismo nos expida dos copias certificadas de la presente transacción y del auto que la homologue. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ

ABOGADOS APODERADOS. (firme iilegible).

LA SECRETARIA

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