Decisión nº GH012006000498 de Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 24 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución24 de Marzo de 2006
EmisorTribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteMaría Eugenia Nuñez Briceño
ProcedimientoCalificación De Despido

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 24 de Marzo de 2006

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000122

PARTE ACTORA: J.C.S.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO

PARTE DEMANDADA: GHELLA SOGGNE, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: P.D.R.

MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy, 24 de Marzo de 2006, siendo las 11:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno, igualmente se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada GHELLA SOGGNE, C.A. representada por el Abogado en Ejercicio P.D.R., inscrito en el IPSA bajo el N° 69.324, en su carácter de Apoderado Judicial según instrumento poder que acredita su representación consignado en copias simples y cuyo original estuvo a la vista de este Tribunal y a efectos videndi se procede a la devolución del mismo. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 195.

La Juez.,

Abg. M.E.N.B.

La Secretaria.,

Abg. M.D.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR