Decisión de Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de Anzoategui, de 23 de Septiembre de 2005

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2005
EmisorJuzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
PonenteAntonio Marcano Campos
ProcedimientoReintegro De Déposito

Vista la Inhibición planteada por el Dr. J.M.G., Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Juicio de Reintegro de Depósito en Garantía propuesto por Champión Tecnologías C.A., contra los ciudadanos E.S.R.d.A. y C.E.A., ello en virtud de considerarse incurso en la causal contenida en el articulo 82, Ordinal 18° del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que entre el ciudadano C.E.A. y el Juez existe enemistad manifiesta; en consecuencia, este Juzgado Superior declara CON LUGAR dicha Inhibición, por estar fundamentada en causa legal. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal a-quo a fin de que de cumplimiento a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.

El Juez Provisorio,

Abog. A.M.C..

La Secretaria Temporal,

Abog. Adayelís G.R.

Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, remitiéndose al Tribunal de la causa mediante Oficio No. 00-1838, constante de ocho (08) folios útiles. Conste.-

La Secretaria Temporal,

Abog. Adayelís G.R.

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