Decisión nº WP01-P-2004-000340 de Juzgado Quinto de Control de Vargas, de 15 de Enero de 2008

Fecha de Resolución15 de Enero de 2008
EmisorJuzgado Quinto de Control
PonenteMaría Roa
ProcedimientoAuto Fundado

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Control del Estado Vargas

Macuto, 15 de Enero de 2008

197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2004-000340

ASUNTO : WP01-P-2004-000340

Corresponde a este Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control de esta Circunscripción Judicial del Estado Vargas, emitir pronunciamiento, en relación a la solicitud que formulara la ciudadana Fiscal Novena del Ministerio Público (A), de esta Circunscripción Judicial del Estado Vargas, DRA. M.D.A., mediante el cual expuso en fecha 12 de diciembre de 2007 y solicitó: “….Solicito orden de captura para los ciudadanos que no han comparecido a las diversas audiencias que se han fijado, a tal efecto por cuanto se observa su reiterado y contumaz actitud de no someterse al proceso penal…”, este Tribunal antes de decidir previamente observa y considera.

Vista la solicitud del titular de la acción penal, mediante el cual pidió orden de captura a los ciudadanos que no han comparecido a la audiencia preliminar en distintas oportunidades y que actualmente se encuentra fijado para el 12 de febrero de 2008, a las 10:30 horas de la mañana, es por lo que insta a la misma a los fines de que provea los nombres de los imputados, a los fines de darle celeridad a tal requerimiento. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a los antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA, oficiar a la titular de la acción penal, mediante el cual pidió orden de captura a los ciudadanos que no han comparecido a la audiencia preliminar en distintas oportunidades y que actualmente se encuentra fijado para el 12 de febrero de 2008, a las 10:30 horas de la mañana, es por lo que insta a la misma a los fines de que provea los nombres de los imputados, a los fines de darle celeridad a tal requerimiento, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Publíquese, diaricese, notifíquese al Ministerio Público.

LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,

DRA. M.E. ROA S.

LA SECRETARIA

ABG.MARIA LUISA UGUETO

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