Decisión nº INTERLOCUTORIA de Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 10 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2014
EmisorJuzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario
PonenteBeatriz González
ProcedimientoAdmisión De Pruebas

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 10 de febrero de 2014

203º y 154º

ASUNTO: AP41-U-2012-000282

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en horas de despacho del día 31 de enero de 2014, por la ciudadana S.J.R.H., titular de la cédula de identidad No. 18.190.780 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No.174.850, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del Municipio Baruta del Estado Miranda, y por cuanto las Pruebas en él contenidas, no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN todas cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:

CAPITULO I (MERITO FAVORABLE):

Se reproduce y ratifica íntegramente el mérito probatorio que se desprende de las actas procesales en favor del Municipio.

CAPÍTULO II (DOCUMENTALES):

Las pruebas documentales promovidas por la Apoderada Judicial del Municipio Baruta del Estado Miranda, se encuentran agregadas a los autos en la Pieza No. 3 del presente asunto:

  1. - P.N.. 262/II de fecha 21-07-2009 (folio 749).

  2. - Resolución No. 313/II/2009 de fecha 10-08-2009 (folios 738 al 744 ).

  3. - Comunicación de fecha 17-09-2009 (folio 722).

  4. - Acta No. 136/II-2009 de fecha 18-09-2009 (folios 721).

  5. - Informe Fiscal de fecha 26-09-2009 (folio 702).

  6. - Comunicación de fecha 28-09-2009 (folio 673).

  7. - Resolución No. SEMAT/DSF-UII-AE-020-10/2009 de fecha 28-09-2009 (folios 667 al 671).

  8. - Resolución No. CJ-DSF/021-2009 de fecha 19-10-2009 (folios 641 al 657).

LA JUEZA,

B.B.G..- LA SECRETARIA,

YANIBEL L.R..-

BBG/sb.-

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