Cinco leyes socialistas vulneran el derecho de asociación

La Organización de Estados Americanos aprobó en la Asamblea General del pasado 7 de junio, celebrada en El Salvador, una resolución para la Promoción de los Derechos de Reunión y de Asociación en las Américas. El texto exhorta a los Esta dos miembros a respetar el derecho de sus ciudadanos a la reunión y a asociaciones pacíficas; así como al impulso de diferentes vías de participación ciudadana y comunitaria para el proceso de tomas de decisiones. Además, la resolución de la OEA estimula el desarrollo de redes de información sobre políticas y programas públicos para que los ciudadanos tengan una función más activa en la adopción de políticas gubernamentales. El derecho de asociación está consagrado en la Constitución Nacional de 1999 y Venezuela ha suscrito pactos internacionales que lo ratifican. No obstante, la investigación realizada por las organizaciones no gubernamentales Civilis Asociación Civil y Sinergia evidencia que las leyes sociales sancionadas por el Gobierno vulneran el desarrollo de esta garantía, que es el eje del resto de los derechos humanos. Cinco leyes aprobadas en 2010 limitan el derecho de asociación. Estas normas son la Ley Orgánica del Poder Popular, la Ley Orgánica de Contraloría Social, la Ley de Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional, la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos. El énfasis restrictivo está en la Ley Orgánica del Poder Popular, en la cual el Estado sólo reconoce como soberanos a los que se asocien con fines socialistas a través de instancias bien definidas: expresiones organizativas populares, consejos de trabajadores, de campesinos, de pescadores y cualquier otra organización social de base articulada a una instancia del poder popular debidamente reconocida por la ley y registrada en el ministerio con competencia en participación ciudadana. Otro aspecto llamativo de la ley es que el modo de asociación socialista circunscribe su acción a la gestión en organizaciones comunitarias y comunales, y se favorece la creación de grupos según un criterio centralizador. Sobre este instrumento legal pesa una solicitud de nulidad, formulada por profesores universitarios ante el TSJ. En la práctica, sólo es po sible participar en un plan de gobierno si un ciudadano pertenece a un consejo comunal y se adscribe al proyecto socialista. En la Ley Orgánica de Con traloría Social, igual que en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR