Se ordena al Instituto para la Defensa del Consumidor y al Usuario (INDECU) que inicie un operativo, a nivel nacional, en las estaciones de servicio de gasolina y otros derivados de hidrocarburos, con la finalidad de verificar si la comercialización de los citados productos, y la prestación de servicios se está efectuando con normalidad, es decir, en forma continua, regular y eficiente.

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